Política

Región de Murcia

Condenado a 4 años de cárcel por abusar de una amiga en una fiesta de cumpleaños

El acusado, de 64 años en el momento de los hechos, se encontraba en su domicilio de Portmán, en el municipio de La Unión, celebrando el aniversario de su mujer

El acusado, de 64 años en el momento de los hechos, se encontraba en su domicilio de Portmán, en el municipio de La Unión, celebrando el aniversario de su mujer

La Sección número 1 de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha ratificado la condena de cuatro años impuesta a un individuo por abusar de una amiga de 18 años durante el cumpleaños de su mujer, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

El suceso tuvo lugar en la tarde del 14 de agosto de 2016, cuando el acusado, de 64 años en el momento de los hechos, se encontraba en su domicilio de Portmán, en el municipio de La Unión, celebrando el cumpleaños de su mujer acompañado de familiares y amigos, entre los que se encontraba la víctima, de 18 años.

Sobre las 18.30 horas, la víctima se encontraba acostada boca abajo en el sofá de una de las estancias de la casa, concretamente en el comedor.

El acusado, que mantenía una relación análoga a la familiar con la víctima, la despertó, y abusó de ella. A continuación, le dio un beso en la boca y se marchó de la habitación. La mujer se levantó y lo puso en conocimiento de un amigo, que era hijo de la esposa del acusado.

En este sentido, el Juzgado de Instrucción número 1 de Cartagena condenó al individuo a 4 años de cárcel como autor de un delito de abusos sexuales, al pago de las costas procesales, incluidas las correspondientes a la acusación particular y a que indemnice a la víctima en 6.000 euros más intereses legales.

Además, impuso al acusado la prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquiera en que se encuentre, a una distancia no inferior a 500 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio por tiempo superior a 6 años a la suma de las penas de prisión impuestas.

El acusado presentó un recurso de apelación, alegando que se habían denegado por inútiles dos pruebas periciales propuestas por su defensa.

Sin embargo, la Sala desestimó el recurso y confirmó la pena, al considerar que la información que pudiera haber ofrecido la pericial inadmitida «resultaba irrelevante para la acreditación del hecho con relevancia penal». Su práctica, ni ofrecería información relevante sobre los hechos que se enjuiciaban, ni proporcionaría un conocimiento ajeno al que pudiera tener el tribunal.

El acusado también cuestionó la credibilidad otorgada por el tribunal de instancia al testimonio de la víctima y su incredibilidad subjetiva por la aversión de la testigo hacia el acusado, y la falta de corroboración periférica del mismo.

Sin embargo, la Sala también desestima este argumento al considerar que, una vez leídas las declaraciones sumariales de la víctima y escuchadas sus manifestaciones en plenario, «resultan vanos los intentos del recurrente de presentar fisuras e incoherencias en el relato ofrecido por la principal testigo de cargo».

Asimismo, destaca que resultan «infecundas» sus «especulaciones (no sustentadas en dato objetivo alguno) dirigidas a sembrar dudas sobre la concurrencia de móviles espurios en todos y cada uno de los testigos de cargo».