Tribunales
El TSJA tira el intento de salvar a Mañas de la irregularidad en el ERE del Merca
Mantiene la sentencia de readmisión del prejubilado expulsado por la Junta
Salvar al soldado Mañas. El intento de la Junta de rectificar la sentencia firme que insta a la readmisión en el ERE de 2003 de Mercasevilla al que injustamente, según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), calificó como «intruso» por no haber cumplido los 50 años al acogerse al mismo –al igual que otros cuatro prejubilados, que esperan su fallo– ha caído en saco roto. De la argumentación de la Junta se infiere un intento de «exculpar» al viceconsejero Justo Mañas y dejar toda la responsabilidad de lo que el TSJA calificó como un proceso ajeno «a la legalidad» en manos del ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero y el ex delegado de Empleo Antonio Rivas.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, en un auto al que tuvo acceso LA RAZÓN de Sevilla, ha rechazado el escrito de la Junta para la «rectificación y aclaración» de la readmisión del prejubilado José Díaz. El TSJA señala que «no existe ningún error en la sentencia». «La subvención no se otorga al recurrente, sino a la empresa, no siendo posible trocearla arbitrariamente con posterioridad y considerarla otorgada individualmente a cada trabajador», indica el Alto Tribunal andaluz. «Si se entendió que era nula la totalidad de la subvención inicial, se entiende totalmente improcedente el acuerdo de continuar su pago», indica el TSJA en referencia a la continuidad de los pagos acordada por el viceconsejero de Empleo Justo Mañas y añadiendo que «no consta en las actuaciones el acto de otorgamiento, por lo que podría existir responsabilidad penal en quien dicta dicha resolución», señaló; instando a «deducir testimonio» ante la posible responsabilidad penal. «No es posible apreciar la separación afirmada entre el ERE y la póliza de seguro, habiendo sido incluido en la póliza todos los trabajadores del ERE», subrayó.
Según el abogado Juan José Sánchez, del bufete Sánchez, Mejías & Asociados, esta sentencia viene «a corroborar» la anterior, que condenaba a la Junta. El escrito de la Administración andaluza, a modo de huida hacia adelante, diferencia entre el ERE de 2003 y 2007 (señalando a Antonio Rivas en el proceso) y entre expedientes de regulación de empleo y pólizas de seguro (mencionando el papel de la Inspección de Trabajo, es decir, Guerrero) y sin mencionar que todo forma parte de un mismo acuerdo. La Junta habla de intrusos en la póliza, «no en el ERE». Por otro lado, alude a una refinanciación de la póliza asociada al ERE de 2003 y a que es «un error considerar» que la póliza «ha sido refinanciada por la Consejería sin estar comprometida a ello». Esto es, la Junta trata de salvar a Mañas. El TSJA lo desestima. Turno para el juzgado de Instrucción 6.
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