Tribunales

La Audiencia de Madrid vuelve a absolver a los acusados de atacar la mezquita de la M-30

No queda demostrado que cuatro de los acusados participasen en la acción, y que otros ocho sí lo hicieron pero "con la única intención de protestar contra el islamismo radical" tras los atentados en Bruselas, reivindicados por el Estado Islámico y en los que murieron más de treinta personas

Mezquita de la M30
Mezquita de la M30 en MadridCristina BejaranoLa Razón

La Audiencia de Madrid ha vuelto a absolver de un delito de odio y de desórdenes públicos a los doce miembros del colectivo Hogar Social acusados de atacar la mezquita de la M-30, después de que el Tribunal Superior de Justicia anulara su primera sentencia por fallos y falta de motivación.

En la nueva sentencia, según apunta Efe, la Sección Quinta de la audiencia madrileña reitera su criterio: absuelve a los procesados al no ver probado que incurriesen en esos delitos el delito de incitación al odio ni de desórdenes públicos e impone la mitad de las costas del juicio a la acusación particular que ejerce la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado.

Este fallo es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), como ya hicieron las acusaciones tras la sentencia dictada el 12 de diciembre de 2022 por la Audiencia Provincial.

El alto tribunal estimó los recursos y declaró nula esa sentencia, ordenando devolverla a la Sala correspondiente, "por defectos (insuficiencia) evidentes de motivación". En concreto se refirió a la falta de argumentación para imponer las costas a la acusación particular.

Además, según recuerda la sentencia dictada ahora, el TSJM se refirió a "la inusual técnica en la elaboración de los hechos probados", ya que había fotos en color y también "espacios en blanco precedidos por un anuncio de contenido que no es tal, simplemente, que no existe", de manera que falta "una parte sustancial de la sentencia", recuerda la sentencia.

Ahora los magistrados de la Audiencia Provincial detallan cómo fueron los hechos ocurridos tanto el 22 de marzo de 2016, cuando varias personas protestaron frente a la mezquita de la M-30, como en los días siguientes, en los que Hogar Social Madrid publicó un comunicado justificando esa acción y su portavoz, Melisa Domínguez, hizo declaraciones.

Relatan que no queda demostrado que cuatro de los acusados participasen en la acción, y que otros ocho sí lo hicieron pero "con la única intención de protestar contra el islamismo radical" tras los atentados en Bruselas, reivindicados por el Estado Islámico y en los que murieron más de treinta personas.

Sobre la imposición de la mitad de las costas del juicio a la acusación particular, los magistrados argumentan que debe ser así porque en lo que se refiere al delito de desórdenes públicos "ha incurrido en manifiesta temeridad", ya que ha quedado acreditado que en el supuesto ataque no hubo lesiones ni daños.

El fiscal solicitaba tres años de cárcel, multa de 3.000 euros y cuatro años de inhabilitación especial para cargos en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre para Melisa Domínguez, que es la única a la que acusa de un delito de odio.