DGT
Si el pasajero de la moto no lleva casco, ¿quién paga la multa?
Al estar tipificado como una infracción grave, la multa por no llevar el casco también es bastante "grave"
Para que todos podamos circular con seguridad por las carreteras de nuestro país es necesario que todos los conductores entiendan que no están solos en la vía y que sus acciones tienen consecuencias que no solo va a afectarles a ellos. Un movimiento mal ejecutado por un conductor puede desencadenar una colisión; una pieza en mal estado en un vehículo puede romperse en el peor momento y dar lugar a un accidente, etc. Hay infinidad de situaciones que pueden salirse de control. Por eso es tan importante que todos los conductores estén sujetos a unos límites muy claros cuando están al volante.
En nuestro país, estos límites están impuestos por el Reglamento General de Circulación, que compendia aquellas normas que todos los usuarios de las carreteras deben cumplir, sean o no conductores. Y podemos decir que -en general- estas normas son lógicas, justas y razonables. Sin embargo, también hay situaciones en las que pueden dar lugar a alguna que otra “injusticia”; que es lo que ocurre cuando un agente de tráfico descubre que la persona que llevamos de paquete en la moto no lleva el casco correctamente puesto.
¿A cuánto asciende la multa por no llevar casco?
La Dirección General de Tráfico estima que el riesgo de sufrir un accidente mortal con la moto es 17 veces más grande que cuando viajamos en coche. Y una de las pocas cosas que puede reducir estos números es el casco. De hecho, es el único sistema de seguridad realmente efectivo cuando viajamos en moto, reduciendo hasta en un 37% la mortalidad y hasta en un 69% el riesgo de lesiones de cabeza. Por eso, desde hace algunas décadas se estableció su obligatoriedad, tanto para el piloto como para su copiloto. Y desobedecer esta norma puede salirnos muy caro.
El epígrafe h del artículo 65, sección 4, de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que “son infracciones graves (…) no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.” Al estar tipificado como infracción grave, el conductor de la moto no sólo será sancionado con una multa económica de 200 euros, sino que se le detraerán además 4 puntos del carnet de conducir.
Un matiz que también es importante hacer es que no llevar el casco puesto no es el único motivo de multa. Si lo llevamos desabrochado nos enfrentaremos a la misma sanción. Puede parecer una broma, pero la verdad es que un accidente con el casco desabrochado suele tener los mismos efectos que no llevar casco en absoluto, porque cuando se produce el accidente y el pasajero del vehículo sale disparado… suele perder el casco antes de que se produzca el impacto contra el asfalto.
¿Y si es el copiloto quien no lleva el casco?
El artículo 69.1 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial sobre “Personas responsables” establece: “La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta Ley recaerá directamente en el autor del hecho en que consista la infracción. No obstante:” (…) “a) El conductor de una motocicleta, de un ciclomotor, de un vehículo de tres o cuatro ruedas no carrozados o de cualquier otro vehículo para el que se exija el uso de casco por conductor y pasajero será responsable por la no utilización del casco de protección por el pasajero, así como por transportar pasajeros que no cuenten con la edad mínima exigida.”
Es decir, que los copilotos o pasajeros de la moto están igualmente obligados a llevar siempre el casco, aunque no sean ellos quienes conduzcan. Y en caso de no hacerlo, la penalización será para el conductor, porque él es último responsable. Así que ya lo sabes, si vas a llevar a alguien de paquete, más te vale que lleve el casco puesto y que -además- lo lleve bien abrochado en todo momento; porque podrías ser tú el que se enfrente a una sanción económica de 200 euros.
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