Opinión
La regeneración sanchista
Hace dos días escribimos en relación al último Real Decreto Ley del Gobierno, en este caso el conocido como «decretazo energético», que la distribución competencial de nuestro Estado Autonómico, exigía que antes de promulgarlo debería haberse negociado con las Comunidades Autónomas. Ello por supuesto sin perjuicio de hacerlo también con la Oposición parlamentaria, dada la necesidad de ser convalidado por el Congreso y carecer el Gobierno de la mayoría requerida para ello.
Aunque solo fuera por la excesiva utilización del instituto jurídico del RDL, lo que ya ha sido censurado por el TC, parecería que deberían haber aprendido la lección, y lamentablemente no es así. Pero siendo ello grave, lo es más aún si cabe, que la técnica jurídica del Gobierno reunido en Consejo de Ministros, adolece de deficiencias difíciles de entender y que ya resulta preocupante. Ya fue un muy serio toque de atención que los dos estados de alarma –repetimos: los dos– fueran declarados contrarios a la Constitución. No porque no fueran necesarias las medidas adoptadas para hacer frente a la pandemia, sino porque suspender, como así se hizo, derechos fundamentales básicos como la libre deambulación por la vía pública o fijar libremente la residencia en cualquier lugar del territorio nacional, la CE especifica claramente que requiere de la declaración del estado de excepción.
No es preciso ser jurista de reconocido prestigio –que no escasean precisamente ni en la Administración central del Estado ni en los servicios jurídicos del Congreso– para saberlo, de lo que resulta evidente que fue la voluntad política del Gobierno la que no quiso efectuar tal declaración. Seguramente fuera el diferente procedimiento de promulgación, mucho más cómodo para el Gobierno el de alarma, el que lo motivara, pero el hecho es así. Sucede también con la proliferación de Decretos Ley que en una democracia parlamentaria como la española solo están autorizados para casos de «extraordinaria y urgente necesidad» y son utilizados para cuestiones que no cumplen ninguno de esos requisitos como ha afirmado el TC.
No es una cuestión menor, porque se le hurta al Congreso la ordinaria potestad legislativa limitando ésta a un mero refrendo de la norma elaborada por el Gobierno. La Moción de censura sanchista fue «justificada» en la imperiosa necesidad de «regenerar y mejorar la calidad de nuestra democracia». La calidad democrática guarda estrecha relación con el respeto a la división de poderes y con la transparencia y el control del poder Ejecutivo por las Cortes y el Poder Judicial. El procedimiento legislativo está siendo devaluado con la proliferación del RDL y el CGPJ está sometido a intento de control gubernamental. Esta es la regeneración sanchista.
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