Barcelona

El procesamiento de Blanco

La Razón
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La Fiscalía ha pedido ayer al juez instructor del «caso Campeón» en el Tribunal Supremo, José Ramón Soriano, que solicite el suplicatorio del diputado y ex ministro socialista José Blanco para que pueda ser imputado formalmente de los delitos de tráfico de influencias y prevaricación, en relación con unas licencias de edificación de una nave industrial en las proximidades del aeropuerto de Barcelona. El fiscal entiende que hay indicios suficientes para sostener la acusación y poder actuar contra el aforado con todas las consecuencias legales. Con toda seguridad, el Congreso concederá el suplicatorio, como ha venido sucediendo hasta ahora en casos similares. El propio acusado ya ha dicho que no sólo no se opone a la solicitud, sino que ruega a sus compañeros que aceleren los trámites reglamentarios. Sin entrar en el fondo de la cuestión, desde diversos sectores se insiste al ex ministro en que debe presentar la renuncia a su acta de diputado en cuanto el juez reclame el suplicatorio. No es nuestra posición. Desde LA RAZÓN hemos sostenido que la simple imputación de un delito contra un cargo público no debe acarrear automáticamente la dimisión del acusado. Se trata de establecer una mínima barrera precautoria ante el hecho innegable de que uno de los principios fundamentales del Estado de Derecho, la presunción de inocencia, viene siendo soslayado por un sucedáneo de justicia popular, que forma su juicio a base de titulares informativos, no siempre ponderados, en los que con demasiada frecuencia intervienen condicionamientos de naturaleza política o ideológica que muy poco tienen que ver con la búsqueda de la verdad. Secretos del sumario groseramente vulnerados, filtraciones parciales de la investigación judicial, declaraciones manipuladas y las simples minutas policiales convertidas en «verdad revelada» han hecho del término «imputado» un sinónimo de «condenado» en el imaginario colectivo. Podríamos multiplicar los ejemplos en los que se ha causado un daño irreparable al honor y a la carrera de un acusado sin otros indicios que las declaraciones de parte. Por lo tanto, José Blanco no está obligado a renunciar a su acta de diputado hasta que el juez termine la instrucción del caso y dicte el auto de apertura de juicio oral. Ése debe ser, a nuestro juicio, el punto de inflexión, y así lo mantuvimos en el caso de Francisco Camps, luego absuelto de las acusaciones por un jurado popular. Naturalmente, Blanco, como el resto de los políticos y funcionarios implicados en investigaciones judiciales, es libre de adoptar la decisión que se avenga mejor a sus convicciones políticas o a sus criterios morales. El ex ministro socialista siempre fue muy exigente e inflexible con el adversario, pero esa actitud no le priva, ni mucho menos, de su derecho a la presunción de inocencia.