Coronavirus

El Gobierno rectifica e informará del número de muertes con independencia de dónde se produzcan

El Ministerio ignora la petición de Cataluña y no incluirá en las estadísticas oficiales los casos sospechosos a los que no se les practicó test

El Ministerio de Sanidad ha recogido apenas parcialmente el guante lanzado por Cataluña, tras destapar esta comunidad, como también hiciera Madrid, que el número real de muertos es mucho mayor del que arrojan las cifras oficiales que ofrece a diario el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias. El departamento que dirige Salvador Illa les reclama ahora información epidemiológica fundamental para poder calibrar la dimensión real de una tragedia que golpea a España en mayor medida que al resto de los países del mundo. Lo hace más de 45 días después de que estallara la pandemia y más de un mes después de que precisamente el Ministerio asumiera la función de mando único sanitario, tras la declaración por parte del Gobierno del estado de alarma.

En una orden publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado, Sanidad señala que “la evolución de la situación de crisis sanitaria que se desarrolla en el marco de alarma obliga a adaptar y modificar el procedimiento de notificación de la información epidemiológica que las comunidades autónomas deben remitir a este departamento”. Lo hace, dice, “para asegurar la eficiencia en la gestión de la crisis”. Para ello, el Ministerio se rectifica a sí mismo, es decir, a una orden que él mismo impulsó el 15 de marzo, relativa a la “remisión de información al Ministerio de Sanidad de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid 19”. ¿Qué información es esa? El Gobierno pide que le comuniquen el total acumulado de casos confirmados mediante prueba diagnóstica, que puede ser un PCR o un test rápido de anticuerpos, incluyendo personas sintomáticas y asintomáticas; el total acumulado de casos confirmados sintomáticos también mediante ambas pruebas, con síntomas en el momento de la prueba; el total de casos confirmados asintomáticos, también con síntomas en el momento de la prueba; el total acumulado de casos confirmados que han sido hospitalizados tanto en planta como en Unidades de Cuidados Intensivos (UCIS); el total acumulado de casos confirmados que han sido ingresados en UCIS o en servicios equivalentes y el total acumulado de casos confirmados dados de alta epidemiológica, en alusión a las altas tanto hospitalarias como domiciliarias.

En respuesta a la presión de las comunidades para que ofrezca de una vez a la población las cifras reales de muertos, les pide a estas también el total acumulado de casos confirmados fallecidos, independientemente del lugar en el que se produzca el fallecimiento, y el total acumulado de casos confirmados de profesionales sanitarios. Especifica aquí que se refiere al total de casos cuya confirmación diagnóstica se haya realizado únicamente mediante test de anticuerpo (sin PCR o con con esta negativa). “Esta categoría incluiría también las infecciones ya resueltas en el momento de la notificación”. La nueva orden, sin embargo, no recogería, según fuentes jurídicas, alguno de los criterios que propugna el Ejecutivo de Torra. De hecho, la información demandada excluye casos sospechosos por tener los síntomas pero a los que no se les ha practicado el test. Las mismas fuentes explican que hay dudas sobre otro aspecto.

La orden modifica parcialmente la normativa anterior y no incluye la obligatoriedad de que las autonomías informen del número de test que practican, que sí venía recogida en otra orden anterior. ¿Rige lo dicho en esta última o queda invalidado con lo publicado hoy en el BOE? La cuestión es importante, toda vez que no es lo mismo registrar mil contagiados si se han practicado 10.000 test que si se han hecho un millón. Si se hacen pocas pruebas puede darse el caso de pacientes asintomáticos que no se detecten, lo que restaría peso al impacto de la epidemia.

El Gobierno pide a las comunidades que le remitan dicha información a diario, en el intervalo entre las 20 y las 21 horas. En el decreto anterior, lo único que pedía el Gobierno de forma genérica eran los casos confirmados, hospitalizados, ingresados en unidades de críticos, de dados de alta, de dados de alta por defunción, los casos en las últimas 24 horas y las pruebas PCR.