Coronavirus

Illa no ordenó el envío prioritario de EPIS a residencias hasta abril

Sanidad pidió que el Imserso ayudara a estos centros, pero la oposición desconoce el rol que ha jugado en la crisis

Una persona visitaba ayer a su madre, de 103 años, en una residencia de Aravaca, en Madrid
Una persona visitaba ayer a su madre, de 103 años, en una residencia de Aravaca, en MadridMARISCALAgencia EFE

A lo largo de marzo, la situación en las residencias y centros de mayores podía calificaerse de dramática. En muchos de estos centros las infecciones eran generalizadas y los cadáveres se acumulaban en sus instalaciones en espera de que acudieran a recogerlos los servicios funerarios o soldados de la Unidad Militar de Emergencias (UME).

Pese a que el coronavirus golpeaba con especial crudeza a la población de mayor edad, el Ministerio de Sanidad no ordenó hasta entrado el mes de abril dos medidas fundamentales para atajar la multiplicación de los contagios: el reparto con carácter prioritario en estos centros de equipos de protección individual para residentes y trabajadores, y la práctica de pruebas diagnósticas en su interior.

Pese a que ya en marzo había publicado dos guías de actuación y normativa específica para residencias en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no ordenó ambas actuaciones hasta el 4 de abril, tres semanas después de la declaración del estado de alarma. Ese día, el BOE recogía una orden en la que, por fin, el departamento que dirige Salvador Illa, erigido ya en mando único sanitario, decretaba que «la autoridad competente de la comunidad autónoma deberá priorizar la identificación e investigación epidemiológica de los casos por Covid-19» en los centros de mayores.

En el punto dos establecía que, «en particular, la autoridad competente deberá priorizar las pruebas diagnósticas de los residentes y del personal que presta servicio en los mismos, así como la disponibilidad de equipos de protección individual para ambos colectivos, al menos, cuando en los centros residenciales se detecten residentes clasificados en los grupos c) o d) del segundo apartado de la orden SND/265/2020, de 19 de marzo, y sin perjuicio del carácter también prioritario a estos efectos de los pacientes que se encuentran en centros sanitarios y de los profesionales que los atienden».

Síntomas compatibles

Se refiere esta norma a los residentes con síntomas compatibles con el Covid-19 y los casos confirmados de Covid-19. La importancia de realizar test en los centros era conocida desde mucho antes, dada la importancia de aislar a los infectados por el virus del resto de los residentes. El propio director del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), Luis Barriga, reconocía ya el 27 de marzo que las residencias estaban al límite y que sus trabajadores atravesaban una situación crítica. En esos momentos, había 4.858 fallecidos por la enfermedad y el 87% tenía más de 70 años. Barriga ya destacó entonces la importancia de que se hicieran pruebas porque, a su juicio, la gestión había que hacerla según un cribado para someter a aislamiento a los residentes por zonas. Y reconocía incluso que, a falta de esos test, se estaban haciendo esas separaciones de los residentes sin pruebas y por síntomas.

La orden que aprobó más tarde el Ministerio reparó por fin en este hecho, como ya adelantó este periódico a mediados de abril, y puso además al Imserso a disposición de las residencias.

«Con el fin de atender necesidades urgentes de carácter social o sociosanitario derivadas de la actual situación de emergencia sanitaria se ha considerado conveniente reforzar las medidas adoptadas frente al Covid-19 con las instalaciones y empleados públicos del Imserso». A fecha de hoy, la oposición desconoce el papel jugado por este organismo, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que dirige Pablo Iglesias, en la crisis de las residencias. La orden avalaba la intervención por las autoridades de los centros de mayores golpeados por el coronavirus según su situación epidémica y asistencial «y siempre atendiendo a principios de necesidad y de proporcionalidad».

Así, las autonomías quedaban facultadas para dar el alta, la baja, la reubicación y el traslado de los residentes a otros centros asistenciales, con independencia de su carácter público o privado, y a la designación de un empleado público para dirigir y coordinar la actividad asistencial. Estas autoridades podían modificar el uso de los centros residenciales para su utilización como espacios para uso sanitario. Se facultaba, en definitiva, para medicalizar las residencias cuando hubiera residentes con Covid-19 dentro.

Al igual que las normas distadas un mes antes, en marzo, el principio básico era la actuación dentro de la propia residencia sin que se concediera carácter prioritario a la posible derivación de algunos de los residentes a centros hospitalarios.