España

Gallardón aclaró que la reforma contemplará situaciones difíciles para la madre en caso de malformación

También ha precisado que habrá un supuesto por riesgo de salud física o psíquica de la madre

La Razón
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El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, aclaró en dos ocasiones la pasada semana que la futura reforma de la Ley de Salud Sexual e Interrupción Voluntaria del Embarazo contemplará "las situaciones difíciles a las que se enfrenta la mujer en los casos de malformaciones".

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, aclaró en dos ocasiones la pasada semana que la futura reforma de la Ley de Salud Sexual e Interrupción Voluntaria del Embarazo contemplará "las situaciones difíciles a las que se enfrenta la mujer en los casos de malformaciones".

Sin embargo, el titular de Justicia no ha especificado la manera en que se recogerán estos casos, por lo que se desconoce si España avalará en el futuro situaciones como la de la salvadoreña Beatriz. El Tribunal Constitucional de este país ha decidido no otorgarle el amparo para abortar, que solicitó porque el bebé que espera no tiene cerebro y porque ella padece lupus.

En todo caso, si Beatriz fuera española, la normativa actual le permitiría realizar un aborto dentro de las 22 primeras semanas de gestación y siempre que exista riesgo de graves anomalías en el feto

y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por dos médicos especialistas distintos del que la practique o dirija.

Además, también se le permitiría practicar la intervención sin límite de tiempo cuando se detectaran anomalías fetales incompatibles con la vida y así constara en un dictamen emitido con anterioridad por un médico o médica especialista, distinto del que practique la intervención, o cuando se detectara en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico.

La anterior legislación española, la que despenalizaba el aborto en el Código Penal, contemplaba también un supuesto en el que se permitía practicar la interrupción en el caso de que se presumiera que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas, siempre que el aborto se practique dentro de las 22 primeras semanas de gestación y que el dictamen, expresado con anterioridad a la práctica del aborto, sea emitido por dos especialistas del centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado al efecto,

y distintos de aquél por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto.

Sin embargo, el ministro de Justicia ya ha anunciado que la reforma de la normativa modificará estos aspectos, ya que la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, suscrita por España en 2008, ha advertido de que la actual redacción es incompatible con el principio de no discriminación de este colectivo. El CERMI, que representa a todos los colectivos de discapacidad en España, considera también que la anterior legislación vulneraba de igual modo la Convención, pero en el momento de su redacción y aplicación, España no había suscrito este acuerdo internacional.

DISCAPACIDAD Y MALFORMACION

El anuncio del ministro generó polémica en su día al no distinguir entre discapacidad y malformación en el feto. La semana pasada, por primera vez el martes 21 de mayo, el titular de Justicia precisó este aspecto al subrayar que "jamás"se podrá abortar por razón de discapacidad, pero no descartar la existencia de un supuesto por grave malformación del feto.

"No magnifique, no haga caricatura y no lleve un tema tan sensible como este a supuestos que, naturalmente, nada tienen que ver con aquellos a los que se refiere la Convención de Naciones Unidas (sobre derechos de las personas con discapacidad) y que naturalmente, la legislación contemplará como ha contemplado siempre", dijo en respuesta a la intervención de la senadora socialista que le advertía de las consecuencias que tendría impedir abortar a las madres con fetos afectados de graves malformaciones"y que le recordó que tanto en Kazajistán como Turquía amparan estos casos.

Posteriormente, el jueves 23 de mayo el ministro volvió a especificar este punto de la reforma en una entrevista a Onda Cero. "En el ministerio estamos esperando a ver cuál debe ser la redacción adecuada de nuestra legislación para que no se vulneren esos acuerdos internacionales, pero será una ley que resolverá la situaciones difíciles a la que se enfrenta la mujer en caso de una malformación", indicó. RIESGO PARA LA MADRE

Las distintas legislaciones contemplan también el aborto en caso de riesgo físico o psíquico para la madre. Aunque se desconoce la redacción exacta del futuro supuesto, el ministro ya ha precisado con anterioridad que se contemplará la posibilidad de abortar por riesgo para la salud física y psíquica de la madre, aunque el pasado mes de abril precisó que ésta deberá de acreditarse debidamente. Así, recalcó que este supuesto no puede ser entendido como un "pretexto"y, en consecuencia, el nuevo articulado contemplará mecanismos para que esa condición se "cumpla y acredite". "En supuestos de conflicto de derechos, se acreditará ese conflicto y que no sea solo una mera declaración, sino una auténtica constatación", ha remarcó.

Si Beatriz fuera española, en la actualidad, la legislación de 2010 permite interrumpir el embarazo hasta las 22 semanas de gestación y siempre que exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y así conste en un dictamen emitido con anterioridad

a la intervención por un médico o médica especialista distinto del que la practique o dirija. En caso de urgencia por riesgo vital para la gestante podrá prescindirse del dictamen.

El supuesto despenalizado en 1985 contemplaba, por su parte, esta posibilidad cuando fuera necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada y así constara en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquél por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto. En caso de urgencia o riesgo vital para la gestante, podía prescindirse del dictamen y del consentimiento expreso.

PROTEGER AL MAS DEBIL

En todo caso, a lo largo de diferentes intervenciones, el titular de Justicia también ha defendido los derechos del nasciturus. Esta misma semana, en el pleno del Congreso aconsejó al secretario general del Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados, Eduardo Madina, que ya que "hay muchas miradas puestas sobre él", sea progresista, se libere de prejuicios del pasado y defienda al "más débil"que es, a su juicio, el concebido no nacido o 'nasciturus'.

"Señor Madina, déjeme que le diga una cosa, hay muchas miradas puestas sobre usted. Usted lo sabe, y no tenga miedo a liberarse de muchos prejuicios del pasado. Sea auténticamente progresista y defienda de verdad a los más débiles, y piense que en este caso el más débil y el que necesita la protección es el concebido", reclamó.