Tribunales

El Supremo da la razón a los jueces que investigan los ERE frente a la tesis de los abogados de los ex altos cargos

El Alto Tribunal ratifica que el juez de refuerzo José Ignacio Vilaplana se ocupe de las macrocausas y que la jueza titular, María Núñez Bolaños, se encargue de los asuntos de nuevo ingreso

El juez José Ignacio Vilaplana llegó para ayudar a la jueza María Núñez Bolaños y ahora es quien investiga distintas macrocausas, entre ellas la de los ERE
El juez José Ignacio Vilaplana llegó para ayudar a la jueza María Núñez Bolaños y ahora es quien investiga distintas macrocausas, entre ellas la de los EREjesus PrietoEuropa Press

El Tribunal Supremo ha avalado el plan de actuación establecido por los magistrados del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que investiga la macrocausa de los ERE de la Junta de Andalucía, frente a las protestas y denuncias realizadas tanto por los abogados de los ex altos cargos de la Administración como por la propia Fiscalía Anticorrupción. En este caso, el Supremo desestima un recurso presentado por la secretaria del ya fallecido Francisco Javier Guerrero, ex director general de Trabajo en el Gobierno autonómico, contra el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que ratificaba ese nuevo reparto.

En virtud de ese plan, la magistrada titular María Núñez Bolaños, recién reincorporada al juzgado tras una baja médica de varios meses, dejaría la instrucción de las piezas separadas de los ERE y se encargaría de los asuntos de nuevo ingreso, mientras que el juez de refuerzo José Ignacio Vilaplana continuaría con las macrocausas, no sólo la de los ERE, y otros casos de especial trascendencia, como ya venía haciendo desde el 3 de septiembre de 2019.

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) aprobó la propuesta por unanimidad. Después fue ratificada por la Comisión Permanente del CGPJ y ahora es el Supremo, en una sentencia fechada el 30 de mayo y adelantada por Europa Press, el que la confirma y hace firme al desestimar el recurso que presentó María Ángeles Gala, secretaria de Guerrero.

El Alto Tribunal explica que los argumentos expuestos por la recurrente “ya fueron oportunamente rechazados” por el órgano de gobierno de los jueces, de ahí que la Sala de lo Contencioso-Administrativo haga suyas las conclusiones del CGPJ y condene a Gala a pagar las costas del proceso hasta un máximo de 2.000 euros más impuestos.

En la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado César Tolosa, el Supremo recuerda que el CGPJ consideró que el plan de actuación impugnado no vulneraba el derecho al juez ordinario predeterminado por la Ley, tesis a la que se abonaron varias defensas de ex altos cargos.

La recurrente alegó que la atribución de la competencia al magistrado de adscripción territorial para continuar la instrucción de la macrocausa de los ERE era “contraria al ordenamiento jurídico y lesiva del derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la ley”. A su juicio, se había infringido el artículo 347 bis.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial porque no fue la Sala de Gobierno la que hizo la propuesta y dio después audiencia a los magistrados, sino que fueron estos los que tomaron la iniciativa.

Los magistrados del Supremo rechazan esos argumentos y destacan que la resolución del CGPJ ya explicó que el juez de adscripción había estado a cargo de la instrucción durante la “prolongada” baja de la titular del juzgado, que en esos meses de ausencia sufrió problemas personales y una lesión en un pie.

La Comisión Permanente insistió en que no se daba el supuesto para que Vilaplana se ocupara de los asuntos de nuevo ingreso. “No era un recién adscrito que llegara al juzgado, hipótesis prevista por la Ley Orgánica. Al contrario, continuaba haciendo lo que meses atrás se le encomendó por la misma Sala de Gobierno”, señaló el CGPJ.