Tribunales

El juez del entramado de los cursos de formación se inhibe en favor de la Fiscalía Europea

Suspende las tandas de comparecencias previstas para que declarasen como investigados Velasco, sus familiares y el exconsejero Fernández

El vicesecretario general del PSOE-A, Rafael Velasco, recientemente en el Parlamento andaluz
El exvicesecretario general del PSOE-A Rafael Velasco, implicado en la causalarazon

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ingnacio Vilaplana, ha acordado inhibirse en favor de la Fiscalía Europea en la pieza separada de la macrocausa de los cursos de formación relativa al "entramado empresarial" del que fuera vicesecretario del PSOE andaluz Rafael Velasco, al mediar en el asunto subvenciones concedidas con cargo al Fondo Social Europeo; para que dicha instancia comunitaria dilucide "si asume o avoca para sí la competencia para la instrucción/investigación de la causa. En un auto de 85 páginas emitido este pasado jueves y difundido por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el Juzgado de Instrucción número seis pormenoriza al detalle todos y cada uno de los aspectos de la investigación, explicando que "la actuación fraudulenta objeto de las presentes actuaciones podría afectar a los intereses financieros de la Unión Europea, teniendo en cuenta que el 80 por ciento del importe de las subvenciones concedidas en favor de Aulacen Cinco S.L. objeto de autos, por 193.938,30 euros, se habría financiado con cargo al Fondo Social Europeo".

"Ello incluso, y a la vista del relato de hechos delictivos por los que se procede, podría determinar la posible perpetración de un delito de fraude de los presupuestos de la Unión Europea merced al artículo 306 del Código Penal y, en todo caso, condicionar la posible competencia de la Fiscalía Europea para el conocimiento de la presente causa", señala el juez instructor, considerando que "la Fiscalía Europea habría de asumir y tener interés en avocar para sí la competencia para conocer de la presente causa, teniendo en cuenta que la culminación del iter delictivo objeto de las presentes actuaciones se habría producido con una última ilícita disposición de fondos por importe de 10.324,12 euros, verificada con fecha 21 de marzo de 2019; realizada, por tanto, después del 20 de noviembre de 2017 en que se produjo la entrada en vigor del Reglamento 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea". Dado el caso, el juez acuerda inhibirse en favor de la Fiscalía Europea respecto al conocimiento de la causa y remitir a dicha instancia comunitaria "los efectos y fondos intervenidos", para que comunique "si asume o avoca para sí la competencia para la instrucción/investigación de la causa, de conformidad con la regulación que "establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea".

En consecuencia, el juez suspende las comparecencias que había fijado para que el 2 de abril declarase como investigado Rafael Velasco; jornada para la cual también estaban citados como investigados a Antonia M.L., esposa de Velasco y administradora única de la empresa Aulacen 5; Rafaela M.L., hermana de la anterior, cuñada de Velasco y evaluadora en los cursos de formación subvencionados; Inmaculada M.L., también cuñada de Velasco y docente en los cursos de formación subvencionados; y Pedro V.S., hermano de Velasco y quien figuraría igualmente como docente en tales cursos.