Tribunales

Confirman los 5.000 euros de multa al Ayuntamiento de Valladolid por la Cabalgata de 2021

la Justicia da por acreditada “la generación de un peligro concreto y cierto para todas las personas que se aglomeraron indiscriminada” en la tercera ola de la covid

Cabalgata de Reyes Magos el pasado 5 de enero de 2021 en Valladolid
Cabalgata de Reyes Magos el pasado 5 de enero de 2021 en Valladolidmir_icalIcal

Finalmente, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Valladolid ha confirmado la legalidad de la multa de 5.000 euros que la Junta de Castilla y León impuso al Ayuntamiento de Valladolid por organizar la Cabalgata de Reyes de 2021, en plena tercera ola de la covid.

La resolución judicial añade que por la fecha de su realización, el 5 de enero, por la utilización de personajes típicos como los reyes o los pajes, lo realizado fue una Cabalgata, sin que el número de carrozas sea en este caso determinante.

Asimismo, la Justicia da por acreditada “la generación de un peligro concreto y cierto para todas las personas que, acudiendo al llamamiento municipal, se aglomeraron indiscriminada y despreocupadamente”.

Igualmente, pone de relieve que, además, el Ayuntamiento de Valladolid ha de agradecer también la imposición de una sola sanción, basada en la existencia de una única Cabalgata, “dado que podría ver calificada su conducta como la realización de diez cabalgatas”.

El 17 de diciembre de 2020, la Junta de Castilla y León aprobó un Acuerdo que limitaba la forma de realización de las Cabalgatas de Reyes por parte de los ayuntamientos en toda la Comunidad.

Se recomendaba entonces que no se realizasen físicamente, sustituyéndolas por retransmisiones a distancia o virtuales, pero en el supuesto de que la entidad local optase por su desarrollo presencial, sólo podían hacerse en recintos acotados, con el público sentado, y salvaguardando la distancia interpersonal de 1,5 metros.

A pesar de ello, el Ayuntamiento de Valladolid programó el 5 de enero de 2021una cabalgata, con diez carrozas por distintos itinerarios de la ciudad. Este hecho conllevó que la Delegación Territorial de la Junta, tras tramitar el correspondiente expediente sancionador, impusiera al Ayuntamiento una multa de 5.000 euros por una infracción de la normativa contra la Covid-19.

La peculiaridad de las diez carrozas en su desarrollo no desvirtuó que fuera una auténtica Cabalgata, y no una `animación navideña´ como alegaba el Ayuntamiento, y según corrobora la sentencia, al considerar que tal construcción de simple animación “no supone sino una alambicada excusa dirigida a negar la evidencia”.

De hecho, el Consistorio que preside el socialista Óscar Puente recordaba tras la sanción que el 5 de enero no se celebró la tradicional Cabalgata en la ciudad, y que el recorrido de los Reyes Magos por las calles “se realizó con todas las medidas de seguridad y en ningún caso propició concentraciones de personas o situaciones de riesgo”.

Además, defendía que la actuación municipal respetó la normativa vigente en la Comunidad Autónoma porque “no hubo ninguna convocatoria: no se informó de los recorridos ni tampoco se informó de la hora a la que podía pasar la carroza de los Reyes Magos”.

El Ayuntamiento de Valladolid afirmaba también entonces que en este periodo de lucha contra la pandemia la prioridad era la salud.

Puente aseguraba que Melchor, Gaspar y Baltasar visitaron la ciudad en una comitiva “totalmente alejada” a lo que es común en las cabalgatas.

Sus Majestades recorrieron las calles en carruajes de caballos, sin carrozas ni otros protagonistas en el desfile, respetando las normas de circulación y escoltados por la Policía Municipal, y sin tirar caramelos como es habitual”, apuntaba entonces.

De igual forma, la sentencia recoge que la multa de 5.000 euros guarda la suficiente proporcionalidad, ya que, para una infracción grave, como sería ésta, la normativa permitía a la Junta imponer una multa en una horquilla entre 3.001 euros y 60.000 euros, y tiene un importe mínimo, motivado e individualizado.

El Ayuntamiento de Valladolid deberá correr, además, con las costas procesales del juicio, si bien la resolución judicial no es firme todavía, y puede interponerse contra ella recurso de apelación.