Coronavirus

La Generalitat limita ahora el baile en las discotecas a grupos de personas que tengan “contacto habitual”

Las pistas utilizadas tendrán que tener meses para consumir

La discoteca Opium de Barcelona
La discoteca Opium de BarcelonaLa Razón

La entrada de Cataluña en la fase 2, hace unas semanas, aportó como una de las principales novedades la reapertura de discotecas y locales nocturnos, pero con la peculiaridad de que no se podían abrir las pistas de baile. Tampoco había servicio de barra. Unas medidas que levantaron ampollas en el sector del ocio nocturno, que ya dan casi por perdida la temporada de verano. El pasado jueves ya se pudo ir a bailar, pero la alegría ha durado poco, por una nueva restricción hecha pública.

Coincidiendo con el fin del estado de alarma, una meteórica fase 3 en Cataluña y el regreso a la “nueva normalidad”, la Generalitat ha dado marcha atrás, y ha prohibido habilitar la zona de baile de discotecas “para su actividad habitual” y obliga a hacerlo con mesas para consumir. Sin embargo, si que podrán bailar los grupos que tengan un “contacto habitual”.

Así se extrae de una resolución, firmada por la consellera de Salud, Alba Vergés, y el conseller de Interior, Miquel Buch, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (Dogc).

En ausencia de mesas habilitadas para el consumo, se tendrán que poner barreras físicas o de control permanente que garanticen que no se hace uso de la zona de baile excepto el citado caso.

En la resolución se expone que los locales de discoteca y establecimientos de ocio nocturno solo pueden abrir al público para el consumo, tanto las terrazas al aire libre como los espacios cerrados, y que éste se puede hacer en la barra o en las mesas, pero sentados.

Las zonas de baile u otras instalaciones similares pueden desarrollar su actividad “exclusivamente en el caso de que su uso quede reservado completamente a grupos de personas que mantienen una relación y un contacto cercano de forma muy habitual”. Parece ser una medida muy poco concreta, teniendo en cuenta la dificultad de demostrar la relación con una persona, o la frecuencia y naturaleza de los “contactos”.

Esta medida obliga a todo tipo de alojamientos, incluyendo los de hostelería y restauración, los alojamientos turísticos y otros similares, a contar con un registro de las personas asistentes.

En esta resolución,la Generalitat expone que debido a que las actividades de baile desarrolladas en los locales de discoteca y establecimientos de ocio nocturno por razón de su naturaleza “no son compatibles” con el mantenimiento de las medidas de seguridad de carácter sanitario, se hace necesario adecuarlas.