Memoria histórica

La Asociación de Abogados Cristianos insiste en la querella contra el derribo de una cruz franquista en Vall d’Uixó (Castellón)

Los juristas denuncian que la alcaldesa tomó la decisión “sin esperar a que se dirimieran los procesos judiciales abiertos”

Imagen de la Cruz que fue derribada en 2018
Imagen de la Cruz que fue derribada en 2018La RazónChange.org

El Juzgado de Instrucción número 1 de Nules (Castellón) ha estimado el recurso de la Asociación de Abogados Cristianos contra el auto en el que se desestimó su querella contra la alcaldesa de Vall d’Uixó, Tania Baños (PSPV), por el derribo de una Cruz franquista.

Según informa esta asociación de juristas en un comunicado, su querella contra la alcaldesa es por los delitos de prevaricación, malversación, tráfico de influencias y contra los sentimientos religiosos.

Esta querella fue presentada en mayo de 2018 después de que el Ayuntamiento procediera al derribo de la cruz “sin esperar a que se dirimieran los procesos judiciales abiertos”, según Abogados Cristianos.

La presidenta de la Asociación, Polonia Castellanos, denuncia que “Baños aprovechó el derribo de la cruz para beneficiar a empresas de compañeros de partido”, motivo por el cual solicita para ella la inhabilitación.

En respuesta a estas informaciones, este consistorio castellonense ha hecho públicas unas declaraciones de la alcaldesa en la que explica que “la admisión del recurso responde a un aspecto formal, ya que aunque el anterior auto resulta acertado en cuanto al resultado, el juzgado deberá emitir un nuevo auto con el mismo resultado desestimatorio pero motivándolo debidamente”.

En octubre de 2019 el juzgado de Instrucción número 1 de Nules ordenó el sobreseimiento de la causa abierta contra la alcaldesa por el derribo de la cruz de la plaza de la Paz al considerar que no existía “indicio alguno” de comisión de delitos y que tampoco había “un solo indicio” de que la alcaldesa actuara para promover el odio o la hostilidad, sino que cumplió con la normativa.

Baños ha recordado ahora que el proceso de hizo “con todos los informes técnicos a favor y en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica y de la Ley valenciana de Memoria Democrática”.

A su juicio, Abogados Cristianos “está en su derecho de recurrir y buscar recovecos para hacernos perder el tiempo”, pero el pronunciamiento del juzgado “fue tan claro que tan solo pueden alegar un motivo formal”.