Sucesos

Juzgan a un hombre que abusó de dos menores disfrazado de oso panda en Benidorm

Según la acusación, palpó las nalgas de las niñas de 10 y 11 años mientras se hacían una foto con él

Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante
Fachada de la Audiencia Provincial de AlicanteEUROPA PRESSEUROPA PRESS

La Audiencia de Alicante prevé juzgar este martes a un hombre de nacionalidad ecuatoriana que abusó de dos niñas menores de edad, de 10 y 11 años en el momento de los hechos, tras disfrazarse en Benidorm (Alicante) de oso panda para atraer su atención.

La Fiscalía le considera responsable de dos delitos de abuso sexual por los que solicita inicialmente una condena total de seis años de prisión, tres años por cada uno de los delitos, puesto que, según el escrito de acusación, el procesado se puso un disfraz de oso panda y acudió a la calle Emilio Ortuño, donde se ofreció a un grupo de niñas para que se hicieran una foto con él.

Cuando las menores se aproximaron y se disponían a posar junto al acusado, éste, “movido por una evidente intención de satisfacción sexual”, palpó con su mano de forma reiterada las nalgas de una de las chicas, de 11 años de edad en la fecha de los hechos, que se apartó del lugar asustada.

Acto seguido, con la misma intención, el procesado actuó del mismo modo con la segunda de las menores, de diez años, todo ello durante el lapso de tiempo en el que se tomaba la fotografía.

Además de la pena de privación de libertad, la acusación pública plantea que se prohíba al acusado la posibilidad de aproximarse a las dos menores a una distancia inferior a los 500 metros o que trate de entablar cualquier tipo de comunicación con ellas durante un periodo de cinco años.

De igual modo, demanda su inhabilitación especial para el desempeño de profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante seis años.

Por último, solicita que el acusado indemnice a cada una de las dos víctimas con la cantidad de 500 euros por los perjuicios morales ocasionados y plantea que se extienda la medida de libertad vigilada por un tiempo de cinco años adicional al tiempo de cumplimiento de la pena de privación de libertad.