Tribunales

La Audiencia de Valencia absuelve a los dos funcionarios que fisgonearon en el expediente de Rocío Carrasco y Antonio David

Considera que no hubo revelación de secretos

Los dos funcionarios acusados de revelación de secretos por consultar el expediente de violencia machista de Rocío Carrasco y Antonio David Flores, durante la vista.
Los dos funcionarios acusados de revelación de secretos por consultar el expediente de violencia machista de Rocío Carrasco y Antonio David Flores, durante la vista.Jordi FerrerAgencia EFE

La Audiencia de Valencia ha absuelto a los dos funcionarios que curiosearon en el expediente de violencia de género de Rocío Carrasco y Antonio David, según publica hoy el periódico Las Provincias.

El tribunal considera que su conducta no se puede incardinar exactamente en el tipo penal de revelación de secretos.

Esta sentencia puede marcar el camino al resto de juicios que quedan pendientes por este hecho, ya que la emisión del programa sobre Rocío Carrasco motivó la curiosidad de hasta siete funcionarios que entraron en el expediente y a los que la Fiscalía ha denunciado.

En la vista oral, las defensas de estos dos funcionarios alegaron que tras la emisión del programa, fueron muchas las mujeres que llamaron o se personaron en la Oficina de Víctimas porque se veían reflejadas en Rocío Carrasco, y que los funcionarios decidieron entrar en el expediente para “instruirse” porque no habían visto la serie en cuestión.

“Es cierto que yo no tramitaba nada en relación con Rocío Carrasco, accedimos para comprobar si figuraba como víctima y si existían órdenes de protección o se le había asignado una unidad de vigilancia o un determinado nivel de riesgo”, explicó en su declaración el psicólogo.

Aunque ambos acusados admitieron que no habían accedido antes a expedientes ajenos a la persona a la que atendían, la trabajadora social defendió su actuación porque una víctima concreta le expuso un caso similar de violencia vicaria, “sus hijos la rechazaban por presiones del progenitor”.

En calidad de testigos comparecieron en la vista una letrada que compartía oficina con los procesados cuando sucedieron los hechos y que confirmó que “aquella mañana recibimos muchas llamadas, incluso visitas que esperaban antes de que se abriese el juzgado”, que guardaban relación con el programa de televisión.

El argumento que esgrimía el fiscal en el juciio y que ha sido rechazado por el Tribunal consideraba los hechos constitutivos de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, por lo que reclamaba una condena de 3,5 años de prisión, una multa de 5.400 euros y la inhabilitación absoluta durante 6 años.

Los acusados accedieron, según el fiscal, a “información y datos reservados de Rocío Carrasco Mohedano y Antonio David Flores que no eran conocidos públicamente”, tales como fecha de nacimiento, teléfonos, direcciones personales, fecha de alta del caso, unidad policial y situación del mismo, la unidad a la que se asignó, valoraciones de riesgo realizadas, fecha de la denuncia o medidas judiciales adoptadas.

Ahora, el Tribunal los ha exonerado de responsabilidad.