
Dana. La vía judicial
La jueza de la dana rechaza abrir una pieza separada por "falso testimonio" de la periodista Maribel Vilaplana
No considera relevante saber qué papeles firmó Mazón en el Ventorro
La jueza que instruye la causa penal por la gestión de la dana ha desestimado abrir una pieza separada por posible "falso testimonio" de la periodista Maribel Vilaplana, quien comió con el presidente de la Generalitat en funciones, Carlos Mazón, el 29 de octubre de 2024, el día de la catástrofe que dejó 229 víctimas mortales.
En un auto de este lunes, la magistrada responde a la petición de una acusación particular que solicitaba citar a los alcaldes de Utiel, Ricardo Gabaldón, y Cullera, Jordi Mayor, para que aclarasen las conversaciones o contactos que mantuvieron con Mazón ese día por posibles "contradicciones" en la testifical de Vilaplana que tuvo lugar el pasado 3 de noviembre en el juzgado de Catarroja.
Esta acusación pedía también que en caso de que hubiera esas contradicciones "por falso testimonio" por parte de la periodista, se abriera pieza separada contra ella.
La jueza recuerda que las declaraciones de ambos alcaldes como testigos ya fueron acordadas y están pendientes de citación, pero señala que "no pueden versar al objeto de analizar responsabilidades penales en la declaración como testigo de Vilaplana" pues el falso testimonio únicamente puede valorarse "tras haber finalizado el procedimiento".
El letrado pedía que se citara al alcalde de Cullera para que aclarase la conversación que mantuvo con Mazón a las 18:28 horas de aquel 29 de octubre, al considerar que podía ser "contradictorio" con lo manifestado por Vilaplana en el juzgado, donde dijo no tener conocimiento alguno sobre este alcalde ni que se hablara de él.
Solicitaba, además, citar al alcalde de Utiel, ante las dudas que le suscita que solo transcurrieran seis minutos desde el envío de un "whatsapp a Maribel Vilaplana sobre el estado de emergencia de Utiel" y el contacto del Mazón con el presidente de la Diputación de Valencia, Vicent Mompó, quien le facilitó el teléfono de Gabaldón.
La jueza señala que se puede preguntar a los alcaldes cuando testifiquen sobre "cualesquiera extremos que los letrados estimen de interés para la instrucción", como pueden ser sus llamadas con Mazón o con la entonces consellera de Interior, Salomé Pradas, investigada en la causa.
Sin embargo, explica que "para reprochar penalmente la falsedad del testimonio y estimar realizado este elemento esencial del tipo delictivo, es necesario contar con el dato previo de una verdad procesalmente establecida lo que sólo podrá hacerse en sentencia o en auto de sobreseimiento firme".
Por ello, la instructora considera que no procede la apertura de pieza sobre falso testimonio, ni libramiento de testimonio por presunto delito de falso testimonio, sin perjuicio de "la libertad de las partes de argumentar y valorar sobre el contenido, veracidad y credibilidad del testimonio" de Vilaplana u otro testigo.
Alertas de medios
En otro auto, la jueza de Catarroja ha requerido a Presidencia de la Generalitat que aporte informe sobre el medio por el que se recibieron las alertas de recopilación de informaciones de medios de comunicación los días 28 y 29 de octubre de 2024.
También le ha solicitado la copia de las tres recopilaciones diarias de esos días, así como los correos electrónicos de la Conselleria de Justicia e Interior que recibieron los dosieres diarios en ambas jornadas previa a la dana que finalmente devastó parte de la provincia de Valencia y dejó 229 víctimas mortales.
No pide los papeles del Ventorro
La jueza ha acordado realizar estos requerimientos que habían sido solicitados por la acusación popular que ejerce Acció Cultural, pero rechaza la prueba pedida por esta misma entidad para tener copia de los documentos firmados por el presidente de la Generalitat en funciones, Carlos Mazón, durante su comida en El Ventorro con la periodista Maribel Vilaplana.
Según informó la Generalitat el día después de la declaración como testigo de Vilaplana en el juzgado, Mazón firmó el pasado 29 de octubre de 2024 en ese restaurante el listado parcial de deportistas de élite de 2024, después de que el dueño de El Ventorro, según testificó la periodista, le subiera un sobre con documentos para que los rubricara.
Ahora la jueza considera que no procede la práctica de la petición por no ser determinantes esos documentos en la toma de decisiones en el ámbito del Cecopi del día de la dana.
En primer lugar, la instructora requiere a Presidencia de la Generalitat que aporte informe, en el plazo de tres días, sobre el medio (WhatsApp o servicio de mensajería instantánea) por el que se recibían las alertas remitidas por la mercantil Hallon Intelligence los días 28 y 29 de octubre, especificando los dispositivos de recepción y las personas, altos cargos de la Conselleria de Justicia e Interior que las recibieron a través de teléfonos corporativos o particulares.
También le pide que aporte copia de las tres recopilaciones diarias (7:00, 16:00 y 20:00 horas) remitido por la empresa Auditoria de Medios (Auditmedia) en esos mismos días, antes de las 7:30 horas, especificando la lista de correos electrónicos que los recibieron correspondiendo a personal de la entonces Conselleria de Justicia e Interior -que dirigía Salomé Pradas, investigada en la causa- corporativos o particulares, así como por la vía de mensajería instantánea.
A la actual Conselleria de Emergencias de la Generalitat le requiere que aporte copia de los dosieres diarios en formatos PDF remitidos por Auditmedia de los días 28 y 29 de octubre de 2024 antes de las 7:30 horas, especificando la lista de correos electrónicos que los recibieron correspondiendo a la Conselleria de Justicia e Interior, bien corporativos o particulares, así como por la vía de mensajería instantánea.
La jueza considera que la prueba solicitada de pliego de condiciones técnicas del contrato del servicio de seguimiento y recopilación de informaciones en medios escritos, digitales y audiovisuales sobre los ámbitos de actuación e interés para la Presidencia de la Generalitat, y de copia de los contratos de Auditmedia y Hallon Intelligence, resultan "innecesarios".
Sobre la petición de Acció Cultural de especificar los dispositivos de recepción y las personas, altos cargos de Presidencia de la Generalitat y de la Conselleria de Justicia e Interior que recibieron las alertas esos dos días, la jueza ha decidido excluir a las personas de Presidencia dado que implicaría el análisis directo del ámbito de recepción de la información por la Presidencia, "lo que ha de excluirse en la investigación", señala en su auto.
Por último, la jueza ha rechazado citar a declarar como testigo al conseller de Agricultura, Miguel Barrachina, pero ha requerido a su Conselleria una copia del informe de revisión de la presa de Buseo e identificar a los operarios que trabajaban allí el 29 de octubre de 2024.
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