Las entidades de gestión destinarán los fondos no reclamados a asistencia
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Las entidades de gestión de derechos de autor deberán de destinar aquellas cantidades que no hayan sido reclamadas por sus titulares a actividades asistenciales para sus socios y a la lucha contra la piratería.
Las entidades de gestión de derechos de autor deberán de destinar aquellas cantidades que no hayan sido reclamadas por sus titulares a actividades asistenciales para sus socios y a la lucha contra la piratería.
Este es uno de los cambios introducidos en el anteproyecto de ley de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que, tras ser presentado por el Consejo de Ministros, se encuentra en fase de consulta en diferentes organismos.
El anteproyecto establece que la acción para reclamar a las entidades de gestión el pago de cantidades recaudadas que estén pendientes de asignación cuando, tras el procedimiento de reparto, no haya sido identificado el titular de sus derechos, prescribirá a los cinco años.
Pasado ese plazo, las cantidades recaudadas y no reclamadas deberán ser destinadas por parte de las entidades de gestión a la realización de actividades asistenciales a favor de los miembros de la entidad o de formación y promoción de autores y artistas intérpretes y ejecutantes.
Además, las entidades tendrán que emplear estas cantidades en la promoción de la oferta digital legal de las obras y prestaciones protegidas cuyos derechos gestionan, como en campañas de educación o sensibilización.Otra de las actuaciones destacadas por la nueva directiva ha sido el esfuerzo realizado para rescatar los derechos de autor pendientes de identificación.