Copa del Rey
Antiviolencia juzgará la gran pitada
Los pitos de las aficiones del Athletic y del Barcelona al himno español en la final de Copa empiezan a ser una costumbre tan arraigada como la gabarra para celebrar los triunfos del Athletic. La Comisión Antiviolencia se reúne con la intención de castigar el menosprecio a uno de los símbolos del Estado, aunque no es fácil relacionarlo con la violencia. Desde su «refundación» tras el asesinato en las inmediaciones del Calderón de Jimmy, el hincha del Deportivo que fue golpeado y lanzado al Manzanares, la comisión se ha tomado más en serio su trabajo.
Después de varios informes y advertencias sin castigo, el Comité de Competición, que depende de la Federación española de fútbol, anunció ayer el cierre por cuatro partidos de la grada norte del Ramón Sánchez Pizjuán, la zona donde se sitúan los Biris, los aficionados ultras del Sevilla. La sanción fue comunicada al club andaluz el pasado viernes, pero el Sevilla no la hizo pública hasta ayer. Informa también la entidad sevillista de que la instructora del expendiente había propuesto únicamente una multa económica de 6.001 euros.
Quizá sea un aviso de lo que espera a las aficiones del Athletic y el Barcelona. La Comisión Antiviolencia no tiene potestad para sancionar, pero sí para proponer sanciones. La cuantía económica depende de la valoración que se haga de la pitada. En la final de la Copa del Rey de Baloncesto celebrada en Gran Canaria y en la que también se pitó el himno desde una parte de la grada en presencia de Felipe VI, Antiviolencia se limitó a poner los hechos en conocimiento de la ACB y los «clubes participantes, el Real Madrid y el Barcelona», y a recordarles que «cualquier falta de respeto a los símbolos constitucionales del Estado, Comunidades Autónomas o Instituciones constitucionales deben ser [...] reprobadas y alejadas de los recintos deportivos».
El secretario de Estado para el Deporte, Miguel Cardenal, asegura que existe «una responsabilidad individual» de las personas que pitan. «Antiviolencia apurará todas las opciones que la legislación concede respecto al organizador del evento y los equipos participantes». Además de las sanciones económicas, los clubes y la Federación pueden ser sancionados con la clausura de sus estadios en el caso de los clubes o «la inhabitación para organizar espectáculos deportivos» por un periodo de hasta dos meses si se considera una infracción grave o hasta dos años si se considera muy grave. A los espectadores se les puede prohibir el acceso a recintos deportivos desde uno a seis meses, si la infracción se considera leve; seis meses a dos años por infracción grave o entre dos y cinco años si es muy grave. Las sanciones económicas son las mismas para individuos y entidades: entre 150 y 3.000 euros por infracción leve; de 3.000,01 a 60.000 por infracción grave o entre 60.000,01 y 650.000 por infracciones muy graves.
La infracción que se puede imputar a los espectadores es «la entonación de cánticos que inciten a la violencia, el terrorismo o la agresión» o la «entonación de cánticos, sonidos o consignas [...] que contengan mensajes vejatorios o intimidatorios».
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