Lotería de Navidad
¿Hay que pagar impuestos por las rifas y sorteos vinculados al Gordo de la Lotería de Navidad?
Los ganadores de automóviles, motocicletas y otros premios de macrocestas deben pagar a Hacienda los impuestos sobre el precio real de lo recibido. Los técnicos de la Agencia Tributaria piden que se investigue el crecimiento injustificado de premios de la lotería vinculados a empresas.
Hacienda realiza retenciones fiscales del 20% a todos los premios organizados por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (Selae) que superen los 20.000 euros, incluido el sorteo especial de Navidad del domingo 22 de diciembre. Pero junto con la propia Lotería de Navidad, infinidad de empresas, comercios, clubes deportivos o asociaciones realizan sorteos y rifas vinculados al número ganador del Gordo. Todos, organizadores y premiados, deberían saber que esta práctica también está sujeta a tributación, aunque no al gravamen especial del 20%.
La administración tributaria considera estos premios como una ganancia patrimonial, por lo que el contribuyente tiene que valorarlo a precios de mercado e incorporarlo a la base general IRPF. Por tanto, las rifas -y todos los premios que incluyen (patinetes, bicicletas, macrocestas, automóviles, jamones...)- son consideradas ganancias patrimoniales y como tales deben tributarse. Es decir, tienen que cotizarse sobre el precio real de los productos recibidos. No pasa lo mismo con las cestas navideñas que regalan algunas empresas a sus trabajadores, ya que estas se consideran retribución en especie y deben sumarse al salario en la declaración de la Renta.
Bolsa de fraude
Por otro lado, Hacienda también ha puesto el foco en el cobro de premios por parte de las empresas. A raíz de que en 2017 se disparase los ingresos por este concepto en muchas empresas, los técnicos de Gestha temen que se haya creado una bolsa de fraude encubierto, por lo que han solicitado una modificación de la ley del Impuesto sobre Sociedades para que los premios vinculados a los sorteos de las loterías que reciban las personas jurídicas tributen al margen de sus resultados contables. Es decir, que al integrarlo en la base imponible se haga siempre una tributación mínima del 20% -igual que en el que caso de los particulares que son premiados- y evitar así que las empresas en pérdidas eludan sus obligaciones fiscales y obtengan la devolución de la retención.
En datos de Gestha recogidos por Ep, si se mantiene el mismo ritmo que hasta el pasado mes de octubre, calcula que se devengarán unos 22 millones por el gravamen de premios obtenidos por las empresas, superando fácilmente el 6% de los mayores premios de todos los sorteos del año. Así, las entidades jurídicas habrán ganado 127 millones en 2019 en unos 16.000 premios de Loterías de más de 20.000 euros cada uno, situación que el sindicato de técnicos ve absolutamente “injustificable”. De hecho, los técnicos piden a la Agencia Tributaria que abra un programa de investigación a las fundaciones, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que acumulan el 93,5% de los premios obtenidos por las personas jurídicas, para determinar si existe un fraude masivo entre quienes desvían el cobro de premios a sus empresas en pérdidas.
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