Especiales

Ingreso mínimo vital

El Gobierno excluye del Ingreso Mínimo Vital a los hogares sin ayudas previas

El simulador de la Seguridad Social descarta a todos aquellos que no las hayan recibido previamente. La web admite solicitudes desde hoy. Los primeros 250.000 beneficiados provienen de listados autonómicos de inserción

El Ingreso Mínimo Vital (IMV)da hoy su primer paso oficial con la apertura del periodo de solicitudes para todos aquellos hogares que se encuentren en situación de máxima vulnerabilidad. El objetivo del Gobierno es que, a través de esta prestación, puedan alcanzar un nivel mínimo de renta garantizada para cada tipología familiar, que puede ir desde 5.538 euros al año para un hogar unipersonal –el equivalente a una pensión no contributiva– hasta los 10.070 euros para las familias con hijos. Sin embargo, esta solo es la teoría, porque en la práctica el Ministerio de Seguridad Social descarta de primeras a todos aquellos hogares que no hayan recibido una prestación social previa.

Esto tiene que ver con el simulador puesto en marcha en la web ministerial para que los ciudadanos que lo deseen puedan saber si les corresponde esta prestación y cuánto sería el importe que le sería concedido. Tras colapsarse en varias ocasiones por la cantidad de personas registradas –se han superado de largo los cuatro millones de simulaciones y los 22 millones de interacciones–, esta herramienta virtual descarta directamente a todos aquellos hogares que no reciben o no han recibido en alguna ocasión algún tipo de prestación o ayuda social, además de a los inmigrantes ilegales que no hayan sufrido una situación personal de violencia.

Basta un ejemplo. Con la primera pregunta, «¿resides de forma legal e ininterrumpida en España desde hace más de un año?», ya se realiza la primera criba. Ante una respuesta negativa, el simulador te lleva a la siguiente cuestión: «¿eres víctima de violencia de género o víctima de trata de seres humanos y explotación sexual?». Si la respuesta vuelve a ser «no», el solicitante queda automáticamente descartado. Es decir, si se reside ilegalmente en España, pero se encuentra en una situación de violencia extrema puede seguir contestando el cuestionario y ser candidato al IMV, pero si no es así –aunque viva en la calle y no tenga ingreso alguno– el interesado queda automáticamente descartado.

En igual situación se encuentran las personas que no han recibido nunca ayudas sociales de cualquier administración. A la pregunta «¿ha solicitado pensiones y prestaciones a las que pudieras tener derecho excluidos salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de las comunidades autónomas?», si la contestación ha sido afirmativa, el simulador continúa el proceso, pero si la respuesta ha sido negativa, la Seguridad Social paraliza directamente la posibilidad de seguir respondiendo. Es decir, que al menos en esta primera fase de implantación del ingreso mínimo, solo se concederá si se ha percibido con anterioridad algún tipo de ayuda social.

Aunque la herramienta advierte de que «esto es únicamente una simulación y solo tiene un valor informativo», cuando un solicitante recibe una respuesta tal que «según los datos que nos ha aportado no reúne las condiciones para tener derecho al Ingreso Mínimo Vital», el poder disuasorio de esta respuesta puede frenar el intento de solicitud de muchas familias, que pese cumplir todos los requisitos pueden creer que no tiene tienen derecho a ello.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) comunicará esta misma semana por SMS la concesión del IMV a los primeros 75.000 beneficiarios –el Ministerio calcula que alcanzará a unas 250.000 personas–, que han sido reconocidos de oficio y localizados a través de la propia base de datos de la Seguridad Social –tras cruzar información con la Agencia Tributaria– y a través de las comunidades, que han trasladado sus listados de beneficiarios de las rentas de inserción autonómicas.

Las familias que quieran solicitar oficialmente esta prestación –aunque hayan sido descartados en el simulador– podrán hacerlo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social y en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Las solicitudes que se presenten durante los tres primeros meses serán reconocidas con efecto retroactivo desde el 1 de junio. Después de este plazo, el derecho a la prestación computará desde el primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud. Además, se ha puesto en marcha una línea telefónica gratuita para las consultas de los ciudadanos, el 900 20 22 22.

Entre estos requisitos generales que se exigirán a los solicitantes figuran la vulnerabilidad económica; que el titular tenga entre 23 y 65 años –salvo cuando haya menores a cargo, que podrá solicitarse desde los 18 años–; tener más de un año de residencia legal y efectiva en España; o que el patrimonio, una vez descontada la vivienda habitual, sea inferior a tres veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal.