Vivienda

El Supremo confirma que los gastos de tasación en hipotecas debe asumirlos al 100% el banco

El alto tribunal establece que los clientes tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales

Un hombre pasa junto al anuncio de una hipoteca
Un hombre pasa junto al anuncio de una hipotecaJesus G. FeriaLa Razón

El Tribunal Supremo lo ha dejado claro: los gastos de tasación, cuando no sea aplicable la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (aprobada por el Gobierno actual), incumben al 100% al banco y no al consumidor. Así lo ha dictaminado el alto tribunal en una sentencia con la que quedan resueltas por la Sala de lo Civil todas las consecuencias de la nulidad de las cláusulas que imponen a los consumidores los gastos de formalización del préstamo hipotecario. Esta doctrina supone que los consumidores tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales. Solo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, en el que las normas tributarias establecen que el principal sujeto pasivo es el prestatario, corre a cargo de los consumidores.

La doctrina la fija la Sala Civil del Supremo al estimar el recurso de una mujer contra esos gastos que les fueron cobrados por la entidad bancaria que le concedió el préstamo hipotecario. De esta forma el banco deberá reintegrar a los prestatarios los gastos registrales, los gastos de gestoría y los gastos de tasación.

Para tomar esta decisión, el Tribunal Supremo ha tenido como fundamento de análisis un recurso de casación respecto a una sentencia en grado de apelación de la Audiencia Provincial de Cáceres en un caso protagonizado por Liberbank.

Satisfacción de las asociaciones

Nada más conocerse el fallo del Supremo, la presidenta de la asociación de afectados por productos hipotecarios Asufin, Patricia Suárez, celebró que este órgano judicial haya zanjado «por fin» el reparto de gastos y, esta vez, a favor de los consumidores. Desde Asufin quisieron hacer un llamamiento para que las entidades financieras devuelvan estos importes a sus clientes sin tener que acudir a los tribunales. «Son procedimientos que suponen un alto coste», apostilló Suárez.

La codirectora legal de reclamador.es, Almudena Velázquez, también subrayó la importancia de esta noticia para los hipotecados con préstamos firmados antes de junio de 2019, fecha en la que entró en vigor la nueva ley de créditos inmobiliarios. «La sentencia es coherente con lo que siempre hemos defendido», remarcó Velázquez, añadiendo que es más relevante si cabe cuando viene precedida de varias sentencias de este mismo Tribunal contrarias a los intereses de los hipotecados, como fue por ejemplo la dictada en relación al IRPH o a los acuerdos de novación por cláusula suelo.