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La ITV solo pedirá la tarjeta técnica y el permiso de circulación para pasar la inspección

La AECA asegura que no se va a solicitar más documentación para pasar la ITV en 2022

Una técnco de Itevelesa
Una técnco de ItevelesaITEVELESAITEVELESA

La Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) ha asegurado que no se va a requerir más documentación que la que actualmente se solicita para superar la inspección. Desde la AECA-ITV han señalado que la documentación que se debe presentar para realizar la ITV se limita al original de la Tarjeta de Inspección Técnica, es decir, el documento que contiene los datos básicos a nivel técnico del vehículo; y el permiso de circulación del vehículo, en caso de tenerlo, por ser el documento que verifica que el vehículo está en perfecto estado de funcionamiento y se ajusta en sus características, equipos, repuestos y accesorios a las prescripciones técnicas que se fijen reglamentariamente.

También ha aclarado que de no poder presentarse el permiso de circulación por cualquier motivo, las estaciones de inspección técnica realizarán la consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico para su comprobación. “En todo caso, también se admitirá una fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación o una nota simple de antecedentes previamente emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico. Por ello, en definitiva, la única documentación que resultaría cien por cien necesaria de presentar de forma física a la hora de pasar la inspección técnica sería la propia tarjeta de la ITV, ya que la estación puede cotejar el permiso de circulación en el Registro de la DGT, en caso de necesitarlo”, han señalado desde la organización.

Por otra parte, desde AECA-ITV han recordado que no es necesaria la presentación del justificante acreditativo del seguro obligatorio de responsabilidad civil del vehículo para poder realizar la inspección técnica, ya que la estación comprobará que el vehículo dispone de dicho seguro a través del Registro de la DGT. Sin embargo, en caso de que el vehículo no esté asegurado, la estación de ITV no podrá realizarle la inspección técnica.

Aunque no sea documentación exigible, lo que sí que entrará en vigor en la revisión será la verificación de los sistemas ADAS, los llamados asistentes a la conducción. La reforma se introduce a raíz del Reglamento de Ejecución 2019/621 de la Comisión Europea. Estos sistemas ADAS son los que actúan sobre las principales causas de los accidentes de tráfico, que son los fallos humanos, reduciendo la posibilidad de que los accidentes tengan lugar. Actúan sobre las distracciones, el cansancio, la velocidad excesiva o la somnolencia. Por ejemplo, son sistemas ADAS el aviso de colisión, el sistema de detección de peatones, el sistema de aviso de cambio involuntario de carril o la advertencia de ángulo muerto.

Estas tecnologías cada vez son más frecuentes en los coches de nueva fabricación, por lo que es importante su homologación y correcto funcionamiento. Esta comprobación se hará de forma electrónica, consultando los datos de la CPU del vehículo, lo que dificulta bastante el diagnóstico previo a la revisión en la ITV. Estos dispositivos solo serán de obligada revisión en los últimos modelos, en los que vengan de serie.

Por último, la Asociación quiere remarcar la importancia de la inspección técnica de los vehículos para la seguridad de todos los usuarios de la vía, así como la importancia de alejarnos de las altas tasas de absentismo que vienen sucediendo desde el final de la pandemia y que se mantienen en cifras cercanas al 40%.