
FGD
En caso de guerra, no saques tu dinero del banco: puedes obtener hasta 100.000 euros
En caso de guerra o quiebra, los bancos activarían un mecanismo que permite la devolución de dinero de los clientes

La situación de inestabilidad a nivel mundial invita a pensar en que el estallido de una guerra a gran escala es posible. El contexto político que atraviesan muchos países está provocando grandes disconformidades, que derivan en conflictos como puede ser el de Rusia y Ucrania o el de Palestina e Israel.
Es cierto que muchos países se encuentran trabajando sin descanso para alcanzar la paz, pero lo cierto es que los asuntos son mucho más complicados de lo que parecen, y el fin de estas guerras parece un simple deseo difícil de cumplir.
Por este motivo, son muchos los países que están aumentando su gasto en defensa con el objetivo de proteger la nación de una posible guerra. Uno de estos casos es España, que a pesar de tener uno de los gastos en defensa más bajos de la Unión Europea, se ha puesto manos a la obra para invertir más dinero. Sin duda, esto indica el respeto que tienen todos los países del mundo a una posible guerra mundial que cambie todo de nuevo.
Ante esta posible situación, muchos ciudadanos comienzan a pensar en qué hacer con su dinero del banco. Lo cierto es que de comenzar un conflicto a gran escala, las tarjetas de crédito no servirían de nada, y únicamente tendría valor el dinero en metálico. Muchos acudirían a sus entidades financieras a sacar el dinero, pero esto puede ser un error.
Por qué no debo sacar mi dinero del banco en caso de guerra?
El primer instinto de cualquier ciudadano sería sacar todo el dinero depositado en el banco ante el estallido de una guerra. Sin embargo, esta acción puede ser un error, ya que existe un mecanismo activado en España para cubrir a las personas en estas situaciones.
Se trata del Fondo de Garantía de Depósitos, una herramienta que fue creada a partir del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, y tiene como función garantizar los depósitos en entidades de crédito tanto en dinero como en valores, contribuyendo con ello a la estabilidad del sistema financiero a través de la confianza de los depositantes.
Además, a este fondo están adheridos de manera obligatoria todos los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito españolas, por lo que el dinero de los clientes estaría asegurado. En caso de guerra, o si el banco quebrase, los clientes verían como gran parte de su dinero sería devuelto.
¿Cuánto dinero me devuelve el FGD?
Tal y como se refleja en el Real Decreto-ley 16/2011, el importe garantizado de los depósitos tendrá como límite la cuantía de 100.000 euros o, en el caso de depósitos nominados en otra divisa, su equivalente aplicando los tipos de cambio correspondiente, conforme todo ello a los términos previstos reglamentariamente.
Adicionalmente, quedarán garantizados los siguientes depósitos con independencia de su importe durante tres meses a contar a partir del momento en que el importe haya sido abonado o a partir del momento en que dichos depósitos hayan pasado a ser legalmente transferibles:
a) Los procedentes de transacciones con bienes inmuebles de naturaleza residencial y carácter privado.
b) Los que se deriven de pagos recibidos por el depositante con carácter puntual y estén ligados al matrimonio, el divorcio, la jubilación, el despido, la invalidez o el fallecimiento.
c) Los que estén basados en el pago de prestaciones de seguros o en la indemnización por perjuicios que sean consecuencia de un delito o de un error judicial.
El importe garantizado a los inversores que hayan confiado a la entidad de crédito valores o instrumentos financieros será independiente del previsto en el párrafo precedente y alcanzará como máximo la cuantía de 100.000 euros, en los términos previstos reglamentariamente.
¿Dónde está en vigor el FGD?
El Fondo de Garantía de Depósitos opera en todo el ámbito de la Unión Europea, pero cada país tiene establecido en sus respectivas leyes el máximo de capital garantizado por cada entidad y cliente. Esto supone que si, por ejemplo, parte de tu dinero está depositado en una cuenta de un banco extranjero, también lo tienes garantizado en caso de quiebra. Es posible que el máximo de la garantía sea incluso superior al establecido en España, pues en ningún país el límite garantizado por el respectivo fondo podrá ser inferior a 100.000 €, pero sí superior.
¿Cómo se financia?
Según informa BBVA, la financiación del Fondo de Garantía de Depósitos se articula de dos formas. Por un lado, cuando se fundó en 2011 absorbió el capital de los mecanismos de garantía que existían antes de esa fecha y que desaparecieron cuando el fondo entró en vigor. Estos mecanismos de garantía fueron el Fondo de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro, el Fondo de Garantía de Depósitos en Establecimientos Bancarios y el Fondo de Garantía de Depósitos en Cooperativas de Crédito.
Además de estos fondos de capital, el FGD se financia a través de aportaciones anuales de todas las entidades adscritas. El importe que tiene que abonar cada una se calcula en función del perfil de riesgo de cada banco y de la cantidad de depósitos garantizados de los que dispone. Esto supone que cuantos más depósitos asegurados por el FGD tenga un banco y más alto sea su perfil de riesgo, más aportaciones anuales tendrá que hacer a la entidad.
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