Finanzas
Cláusulas, otro dolor de cabeza para banca
El abogado del TJUE presenta el martes sus conclusiones sobre la última sometida a los tribunales, la referente al IRPH
Cláusulas suelo, de vencimiento anticipado, de intereses moratorios, de gastos de hipoteca... todas ellas tienen algo en común, han sido declaradas abusivas por los tribunales. Esto se ha convertido en un verdadero dolor de cabeza para el sector financiero, que se queja de la inseguridad jurídica que vive en este momento. Si bien es cierto que la directiva sobre cláusulas abusivas de 1993 se traspuso hace mucho tiempo en España, su aplicación práctica por los tribunales se ha puesto de relieve en los últimos años, cuando la sensibilidad de la sociedad en general, y de los jueces en particular, sobre estas cuestiones es mucho mayor que en el momento en el que se redactaron las cláusulas analizadas. Ramón Hernández, profesor del Máster en Bolsa y Mercados Financieros del IEB y socio-director de Legal Field, considera que la mayor inseguridad jurídica para la banca en este momento tiene que ver con el «sesgo retrospectivo» de las sentencias, lo que, en su opinión, puede tener repercusiones económicas serias para el sector.
El Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) es la última cláusula que se está sometiendo al escrutinio de la Justicia. El próximo martes se conocerán las conclusiones de Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre si referenciar los préstamos hipotecarios a este índice es o no abusivo.
replantear estrategias
Si bien la decisión del letrado no es definitiva ni vinculante, sí dará pistas de hacia dónde se inclinará la balanza del tribunal, ya que, en sus sentencias, la sala europea suele seguir sus recomendaciones. No obstante, habrá que esperar hacia finales de año o principios del próximo para conocer el dictamen definitivo y si el mismo tiene carácter retroactivo. Independientemente de la retrospección, lo que parece quedar claro es que las entidades tendrán que replantear su estrategia con respecto a estos créditos, más si se tiene en cuenta un informe de la Comisión Europea, que si bien no analizaba en sí mismo si el IRPH era o no abusivo, sí indicaba la posibilidad de juzgar si en la contratación del préstamo la entidad bancaria cumplió con las reglas de transparencia exigibles en relación con la cláusula, en términos similares a cualquier otro contrato.
¿Qué es el IRPH y cómo se calcula? Se trata de un índice de referencia con interés variable, cuyo valor se fija calculando la media que las entidades financieras aplican a las hipotecas de más de tres años para la vivienda libre. En España, se estima que existen más de un millón de hipotecas referenciadas al mismo. La diferencia actual entre el IRPH y el euribor (el principal índice de referencia para calcular la revisión de los tipos de interés variable en los préstamos hipotecarios) –a mes de julio– es de 2,119 puntos, una brecha que se puede ampliar más si se tiene en cuenta que en agosto el euribor volvió a marcar un nuevo mínimo en un negativo 0,356. Esta oscilación puede suponer, en una hipoteca media, de 120.000 euros a 20 años, una diferencia de la la cuota mensual incluso superior a los 100 euros.
Si finalmente el IRPH es considerado contrario a los intereses del consumidor, se abre la puerta a que los clientes puedan reclamar, lo que tendría un impacto para la banca que oscilaría entre los 7.000 y 44.000 millones de euros, según los cálculos de Golmand Sachs. «El efecto económico de la sentencia dependerá de su contenido. El peor de los supuestos para la banca sería que, al declararse abusiva la cláusula sin posibilidad de sustitución por otro tipo de interés, el préstamo no devengara intereses. Si fuera posible la sustitución por otro índice, el coste para la banca sería menor», asegura Ramón Hernández.
Que los bancos se esperan lo peor se pone de ya manifiesto en el hecho de que muchos de ellos ya están realizando movimientos en este sentido desde hace varios meses, renegociando las condiciones de los créditos con sus clientes, ofreciéndoles la posibilidad, por ejemplo, de pasar a hipotecas de tipo fijo. «Actualmente, la banca tiene en cartera créditos referenciados al IRPH por valor de 16.500 millones de euros. En caso de una sentencia desfavorable que, además, tenga carácter retroactivo, el impacto podría cuadruplicarse. También es cierto que no todas la entidades tienen la misma exposición. Por ejemplo, Bankinter no comercializó hipotecas de este tipo. Por el contrario, Caixabank, BBVA y Santander serían los más afectados», explica Joge López, analista de XTB.
Fuentes del sector bancario manifiestan que el debate en torno al IRPH es un ejemplo más de inseguridad para entidades financieras. Asimismo, aseguran que es difícil valorar los efectos de este tipo de dictámenes porque no todos los afectados reclaman. «Este tipo de sentencias, que afectan especialmente a las hipotecas, unidas a los actuales bajos tipos de interés puede hacer que la banca se centre en más en otro tipo de crédito, como los destinados a financiar el consumo», concluyen.
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