Vivienda
Un experto da sus mejores consejos para evitar costes innecesarios al aceptar una hipoteca: dice que "la gente compra casa sin tener ni idea"
La adquisición de una vivienda como parte fundamental del proyecto vital de muchas personas requiere una rigurosa preparación financiera
España registró un incremento notable del 17.9% en la compraventa de viviendas en junio de 2025 alcanzando 59.021 operaciones, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Este crecimiento refleja una dinámica importante en el mercado inmobiliario nacional. El aumento destaca no solo como un indicador económico, sino como una manifestación de la búsqueda de estabilidad financiera de los ciudadanos. La adquisición de una vivienda se consolida como un paso fundamental en el proyecto vital de muchas personas.
Los aspectos legales constituyen un elemento fundamental en el proceso de compraventa de inmuebles. El abogado Andrés Millán recuerda que la ley establece pasos previos obligatorios antes de firmar una escritura de compraventa en España: el comprador debe reunirse con el notario al menos diez días antes de la firma, en una cita que no tiene coste adicional y en la que puede resolver todas sus dudas. "El notario lo eliges tú y no el banco, y debéis pagarlo a medias", precisa el experto, quien subraya que el tiempo que se le dedique a esa reunión no altera lo que se cobra por el servicio.
Esa cita, recuerda el experto, no tiene coste adicional y es un derecho del consumidor: el notario debe explicar con detalle cada punto del contrato y responder todas las dudas que se planteen, sin límite de tiempo. Por ello, recomienda no desaprovechar la ocasión de preguntar todo lo necesario, por más básico que parezca, ya que este paso puede marcar la diferencia para evitar cláusulas abusivas o una mala comprensión de las obligaciones financieras que se asumen.
Responsabilidad patrimonial y recobros
Otro aspecto fundamental, explica, es la responsabilidad patrimonial derivada de una hipoteca en España, un punto en el que aún persisten confusiones. A diferencia de lo que ocurre en países como Estados Unidos, la vivienda hipotecada actúa únicamente como garantía del préstamo. Esto significa que si el deudor deja de pagar, la entidad financiera puede ejecutar la hipoteca y quedarse con la vivienda, pero si el valor de subasta no cubre la deuda, el titular debe seguir respondiendo con todos sus bienes presentes y futuros hasta saldarla. Lo mismo aplica a los avalistas: no se limitan a responder con su salario o ingresos, sino con la totalidad de su patrimonio. Esta realidad, poco conocida, multiplica las responsabilidades asumidas en una operación hipotecaria y subraya la necesidad de valorar cuidadosamente la firma de un aval.
A ello se suma la cuestión de las comisiones. Millán aclara que existe una práctica habitual en algunas entidades financieras: intentar cobrar al cliente gastos adicionales al cancelar la hipoteca, ya sea por haber abonado la última cuota o por la emisión del certificado de deuda cero. Sin embargo, la normativa y las disposiciones del Banco de España establecen que este tipo de recargos son ilegales, lo que significa que los bancos no pueden repercutir esos costes al consumidor. El abogado recuerda que estar informado sobre estas disposiciones no solo protege los derechos del comprador, sino que fortalece su posición ante posibles abusos en una de las decisiones económicas más relevantes de su vida.
La formación y asesoramiento profesional se revelan como herramientas fundamentales en el proceso de compraventa de viviendas. Conocer los derechos y obligaciones puede marcar la diferencia entre una transacción exitosa y una potencial fuente de problemas futuros. La combinación de un mercado inmobiliario dinámico, normativas de protección al consumidor y una aproximación informada puede convertir la compraventa de viviendas en una experiencia positiva y segura para todos los involucrados.