
Declaración de la renta
Ya es oficial: Este es el día que en el que Hacienda cobrará el segundo pago de la renta 2025
En el mes de noviembre, los contribuyentes que no hayan abonado la totalidad de la declaración de la renta deberán realizar el segundo pago del ejercicio de 2025

El pasado 2 de abril arrancó la campaña de la declaración de la Renta 2024‑2025 y, como cada año, millones de contribuyentes españoles estuvieron llamados a revisar su situación fiscal. Durante casi tres meses, hasta el 30 de junio, quienes estaban obligados a declarar pudieron confirmar el borrador, modificar datos personales y aplicar deducciones estatales o autonómicas. Se trata de uno de los momentos clave del calendario fiscal, con implicaciones directas sobre el bolsillo de asalariados, autónomos y pensionistas. Esta campaña mantiene cada año un fuerte impacto en la economía doméstica de miles de hogares.
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Al presentar la declaración, si el resultado fue positivo para Hacienda, es decir, "a pagar", como cada año, se ofreció la posibilidad de dividir el importe en dos pagos. Esta modalidad de fraccionamiento es una de las más utilizadas porque permite abonar solo el 60% al presentar la declaración, dejando el 40% restante para más adelante. Es una opción voluntaria, pero muy habitual, que alivia el impacto económico para quienes deben hacer frente a cantidades elevadas. Según datos de años anteriores, una parte importante de los contribuyentes elige este formato para facilitar la gestión del pago. No obstante, es fundamental tener en cuenta los periodos establecidos para eludir problemas con la Administración.
¿Cuál es el plazo del segundo pago de la renta?
A día de hoy, muchos contribuyentes que optaron por esta fórmula están pendientes del segundo pago. En este contexto, Hacienda ya ha confirmado oficialmente que el 5 de noviembre es el día límite para que se abone el 40% restante. Si se eligió la domiciliación bancaria al presentar la declaración, el cargo se efectuará ese mismo día en la cuenta indicada. En caso contrario, será necesario realizar el ingreso de forma manual a través del modelo 102 o en una entidad bancaria colaboradora autorizada. El pago manual también exige conservar el justificante para evitar futuras incidencias.
El 5 de noviembre marca, por tanto, el cierre del proceso para quienes optaron por dividir el pago. Por el contrario, no cumplir con este plazo puede derivar en recargos automáticos, algo que ocurre cada año por despistes, errores de domiciliación o falta de saldo. Aunque se trata de un trámite sencillo, conviene revisar con antelación que todo esté en orden para evitar sobresaltos. En los últimos días de octubre, la Agencia Tributaria suele intensificar los recordatorios para quienes aún no han cumplido con este trámite.
Cuidado con los recargos por retraso
Si el segundo plazo no se paga a tiempo, Hacienda aplicará recargos en función del retraso. Un pago fuera de plazo, pero sin requerimiento previo, conlleva un recargo del 5%. Si el contribuyente ya ha recibido una notificación, el recargo asciende al 10%. Si, pese al aviso, no se paga y la deuda se mantiene, el recargo alcanza el 20%. Además, en este último caso se suma un interés de demora del 3,75 % anual, lo que puede hacer que la deuda crezca de forma notable con el paso del tiempo. Estos recargos afectan a miles de personas cada ejercicio fiscal.
Estos recargos no son sanciones, pero sí un coste adicional que se aplica automáticamente según los días transcurridos desde el vencimiento del plazo. No es necesario que Hacienda emita resolución alguna para que se hagan efectivos. Por eso es fundamental cumplir los plazos, especialmente en este tramo final de octubre, cuando todavía hay margen para preparar el segundo pago sin complicaciones. Mantenerse al día en las obligaciones tributarias evita situaciones incómodas y gastos imprevistos. Por otro lado, se podrá solicitar un aplazamiento de hasta 12 meses, que deberá ser aprobado por el ente público, y se deberá hacer frente a los recargos de igual manera.
Por tanto, el fraccionamiento sigue siendo una herramienta útil y cómoda para millones de contribuyentes. Permite repartir el esfuerzo económico entre los meses de primavera y otoño, y facilita la planificación financiera. Sin embargo, requiere atención a los plazos y cierta previsión. Con el 5 de noviembre ya confirmado como fecha clave, es momento de asegurarse de que todo está en regla para cumplir con Hacienda sin contratiempos. La responsabilidad fiscal individual contribuye también al buen funcionamiento del sistema tributario en su conjunto.
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