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Renta 2023-2024: estas son las 17 deducciones que existen en Castilla y León

Más de un millón de personas presentaron la declaración de la Renta del año el pasado en Castilla y León

Varias personas esperan en una oficina de la Agencia Tributaria un día antes de que dé comienzo el inicio por internet de la Campaña de la Renta 2021, en una oficina de la Agencia Tributaria, a 5 de abril de 2022, en Madrid (España). La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2021, que incluye como principal novedad el alza del impuesto para las rentas a partir de 300.000 euros y para los patrimonios de más de 10 millones, arrancará mañana 6 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet. 05 ABRIL 2022;HACIENDA;MADRID;PATRIMONIO;INTERNET Marta Fernández Jara / Europa Press 05/04/2022
Varias personas esperan en una oficina de la Agencia TributariaMarta Fernández Jara Europa Press

Más de un millón de personas presentaron la declaración de la Renta del año el pasado en Castilla y León y, este año, muchas de ellas lo volverán a hacer desde este miércoles hasta el 1 de julio. Todos estos contribuyentes podrán beneficiarse de diferentes deducciones autonómicas para que paguen menos por su declaración. Desde la plataforma digital para hacer la declaración de la Renta, TaxDown, explican que aquellos que residan en esta autonomía podrán aprovechar las siguientes ventajas fiscales para mejorar el resultado de la declaración al máximo.

1. Por familia numerosa

Esta es una deducción por tener familia numerosa y este año los contribuyentes podrán deducirse una cuantía de 600 euros, frente a los 500 del año pasado. En el caso de tener cuatro hijos, la cantidad será de 1.500, si se tienen cinco se elevará a 2.500 y a partir del sexto hijo y sucesivos, habrá 1.000 euros adicionales. Si un hijo tiene un grado de discapacidad igual o superior, se incrementa en 600 euros, siempre y cuando sea una incapacidad declarada judicialmente.

La deducción este año se aplicará con independencia de la base imponible del contribuyente y, en el caso de que dos personas tengan derecho a esta deducción, se prorrateará por partes iguales. Se deberá tener el documento acreditativo de la condición de familia numerosa.

2. Por nacimiento o adopción de hijos

Los contribuyentes podrán acceder a esta deducción si han tenido o adoptado a un bebé. Para el primer hijo, se podrán deducir 1.010 euros –1.420 en el medio rural–, para el segundo 1.475 euros –2.070 en el medo rural– y para el tercer hijo o sucesivos 2.351 euros –3.300 euros en el medio rural–. Estas cantidades se duplicarán si el hijo tiene una discapacidad igual o superior al 33%.

Para poder acceder a esta deducción se deberá cumplir con estos requisitos:

  • El hijo debe generar derecho al mínimo por descendientes en tu declaración.
  • Para aplicar la deducción por nacimiento o adopción en el medio rural, debes residir en un municipio con menos de 5.000 habitantes.
  • No debes haber optado por ayudas o prestaciones públicas de naturaleza similar concedidas por la Junta de Castilla y León por el mismo concepto.

3. Por partos o adopciones múltiples

Los contribuyentes podrán aplicarse una deducción en la declaración de la Renta por tener partos o adopciones múltiples que será del 50% para partos o adopciones de dos hijos o del 100% si son de tres o más hijos. Además, también tendrán derecho a una deducción de 901 euros por partes o adopciones múltiples en los años siguientes al evento. Los requisitos serán los siguientes:

  • En caso de partos o adopciones en distintos años pero dentro de un período de doce meses, ambos progenitores deben convivir con los hijos en ambos años para aplicar la deducción.
  • Si ambos progenitores tienen derecho a la deducción, el importe se prorratea entre ellos. Si solo uno tiene derecho, puede aplicar la mitad de la deducción total.
  • La deducción es incompatible con ciertas ayudas públicas otorgadas por la misma causa por la Junta de Castilla y León.
  • La deducción puede acumularse y aplicarse en los tres años siguientes al derecho generado si no se aplicó en su totalidad en el año correspondiente.

4. Por cuidado de hijos menores

Esta deducción permite a los contribuyentes restar una parte de lo que ha pagado por cuidar a sus hijos mientras trabaja. Se podrán deducir una parte de lo que paga a una persona empleada en su casa para cuidarlos o lo que se gasta en guarderías o centros infantiles.

Si se paga a alguien para el cuidado de los hijos en casa, se podrá deducir el 30% de lo que paga, con un límite de 322 euros. En el caso de que los hijos vayan a la guardería o centro infantil, se podrá deducir el 100% de ciertos gastos –matrícula, alimentación...– hasta 1.320 euros. Para poder acceder a esta deducción se deberá cumplir con estos requisitos:

  • Los hijos deben ser menores de 4 años al final del año fiscal.
  • Ambas parejas deben estar trabajando y cotizando a la Seguridad Social o una mutualidad.
  • Si la deducción es por cuidado en casa, la persona empleada debe estar registrada en el sistema de la Seguridad Social para empleados del hogar.
  • Los ingresos deben ser inferiores a ciertos límites: 18.900 euros en individual o 31.500 euros en conjunta.

5. Por gastos de adopción

Esta deducción permite restar una cantidad fija de la declaración de la Renta si se ha adoptado un hijo tanto en territorio nacional como internacional. La cantidad que se podrá deducir será 784 euros por cada adopción de un niño que permite aplicar el mínimo por descendientes o 3.625 euros si la adopción ha sido internacional, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales y tratados internacionales de España.

La deducción podrá aplicarse en el año en que la adopción se inscribe en el Registro Civil y no se podrá acceder a ella si se recibieron ayudas públicas por la misma adopción.

6. Por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar

Los contribuyentes podrán aplicarse esta deducción si han contratado a alguien para trabajar en su casa y le están pagando las cuotas de la Seguridad Social. Se podrán deducir el 15% de lo que se haya pagado por las cuotas, con un límite de 300 euros, ya sea en tributación individual como conjunta.

La deducción es solo para aquellos que tienen hijos menores de 4 años que les dan derecho a aplicar el mínimo por descendientes en la declaración de la Renta. El contribuyente deberá ser empleador registrado de la persona que trabaja en su hogar.

En el caso de estar casado y en régimen de gananciales, la deducción se divide entre los dos. El ingreso (sin contar el mínimo personal y familiar) debe ser menor a 18.900 euros si se declara solo, o 31.500 euros si se hace conjunta.

7. Para contribuyentes afectados por discapacidad

Todos aquellos contribuyentes afectados por discapacidad que tengan 65 o más años podrán aplicarse la siguiente deducción:

  • 300 euros cuando se encuentren afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • 656 euros cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%.
  • Los contribuyentes menores de 65 años y afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65% podrán aplicarse una deducción de 300 euros.

Para poder acceder a esta deducción, los ingresos, después de aplicar el mínimo personal y familias, no deben superar los 18.900 euros si se declara solo, o 31.500 si se hace conjunta. Además, el grado de discapacidad del contribuyente deberá ser declarado judicialmente y no debe estar viviendo en residencias públicas o concertadas de la comunidad.

8. Por la adquisición o rehabilitación de viviendas por jóvenes en núcleos rurales

Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de las cantidades que se hayan pagado por la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda, siempre y cuando no se superen los 10.000 euros anuales en estos gastos. Para poder acceder a la deducción se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • El contribuyente debe ser menor de 36 años.
  • La casa debe estar en un pueblo de Castilla y León con menos de 10.000 habitantes, o menos de 3.000 si está muy cerca de una capital de provincia.
  • El valor de la casa no debe pasar de 150.000 euros.
  • Si se está arreglando la vivienda, la rehabilitación deberá cumplir ciertas normas y ser considerada protegible según los planes de vivienda.
  • Los ingresos no deben superar los 18.900 euros si se hace la declaración sola, o 31.500 si se hace en conjunto, después de restar lo que corresponde por mínimo personal y familiar.

9. Por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación a personas con discapacidad en vivienda habitual

La deducción está diseñada para ayudar a aquellos que hayan invertido en mejorar su vivienda habitual en esta comunidad para hacerla más ecológica o accesible para personas con discapacidad. Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de lo que haya invertido en cierto tipo de mejoras, hasta un límite de 20.000 euros en gastos totales, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • La casa debe estar en esta comunidad y debe ser su residencia habitual.
  • Las inversiones pueden incluir la instalación de paneles solares para agua caliente, mejoras en eficiencia energética, sistemas para ahorrar agua, o adaptaciones para personas con discapacidad.
  • Para las adaptaciones de accesibilidad, la persona con discapacidad debe ser el cónyuge, o un familiar hasta el tercer grado.
  • Las obras deben estar reconocidas como protegidas en materia de rehabilitación de viviendas según los planes de fomento correspondientes, incluso si fueron hechas antes de 2013.

10. Por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en núcleos rurales

Esta deducción está pensada en apoyar a aquellos contribuyentes que hayan invertido en arreglar casas para alquilarlas en pueblos pequeños de Castilla y León con menos de 10.000 habitantes –3.000 si está cerca de una capital de provincia–.

El contribuyente podrá deducirse el 15% de las cantidades que se hayan invertido en la rehabilitación de su primera vivienda hasta un máximo de 20.000 euros, siempre y cuando:

  • Se gasten más del 50% del total en arreglos importantes como estructuras, fachadas o techos.
  • El valor de la casa no supere los 150.000 euros.
  • La casa debe alquilarse a personas que no sean familiares cercanos durante los cinco años después de la rehabilitación. Si hay períodos en los que no se alquila, deberá estar en oferta de alquiler.

11. Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes

Los jóvenes que viven de alquiler en esta comunidad podrán deducirse el 20% de lo que pagan de alquiler, hasta un máximo de 459 euros al año. El porcentaje se incrementará al 25% si se vive en un pueblo pequeño, con un tope de 612 euros al año.

Para poder acceder a esta deducción deben ser residentes de esta autonomía que tengan menos de 36 años al finalizar el año y que los ingresos sean menores de 18.900 euros si se hace la declaración sola, o 31.500 si se hace en conjunto.

12. Para el fomento de emprendimiento

Esta es una deducción para aquellos que invierten en nuevas empresas o en aquellas que están aumentando su capital. Estos contribuyentes podrán deducirse el 20% de lo que inviertan en estas empresas, con un límite máximo de 10.000 euros, siempre y cuando:

  • Estas empresas usen la inversión en proyectos dentro de Castilla y León.
  • No se puede comprar menos del 0,5% ni más del 45% del capital de la empresa.
  • La empresa en la que se invierte debe aumentar su número de empleados o mantener contratos con trabajadores autónomos dependientes, y este incremento se debe mantener al menos durante tres años.
  • La inversión máxima que se considera para calcular la deducción es de 100.000 euros por cada nuevo empleado, 50.000 euros por cada nuevo contrato con autónomos dependientes, y 50.000 euros por cada nuevo familiar colaborador que se dé de alta como autónomo.

13. Por cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural

Aquellos que inviertan en cuidar y preservar el patrimonio histórico, cultural y natural de esta comunidad podrán deducirse el 15% de lo invertido en labores de conservación o restauración. Para poder acceder a esta deducción será necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Para los bienes inmuebles (como edificios o estructuras), deben estar inscritos en el Registro de Bienes de Interés Cultural o en inventarios acordes con la ley de patrimonio de la región. Además, las obras de restauración deben tener el visto bueno de la autoridad competente.
  • Para los bienes naturales (como parques o reservas naturales), estas áreas deben estar dentro de Espacios Naturales o de la Red Natura 2000 en Castilla y León. Cualquier intervención en estos lugares también necesita autorización oficial.
  • Los ingresos totales, menos lo que le corresponde al contribuyente por su situación personal y familiar, no deben superar los 18.900 euros si declara solo o 31.500 euros si es una declaración conjunta.

14. Por cantidades donadas a fundaciones de Castilla y León y para la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural

Esta deducción es para quienes contribuyen a cuidar el patrimonio cultural, histórico y natural de Castilla y León, así como para aquellos que apoyan a fundaciones con fines culturales, asistenciales o ecológicos en la región.

Estos contribuyentes tendrán derecho a deducirse el 15% de lo que done para estas causas, siempre y cuando:

  • Las donaciones pueden ser para la conservación de bienes del Patrimonio Histórico o Cultural de Castilla y León y deben realizarse a entidades públicas, religiosas o fundaciones y asociaciones con fines de mecenazgo.
  • También aplica para donaciones destinadas a la mejora o conservación de espacios naturales protegidos en esta autonomía.
  • Las donaciones a fundaciones culturales, asistenciales o ecológicas registradas en Castilla y León también califican.
  • Se debe tener la documentación que justifique la donación según la ley.
  • Los ingresos totales, menos lo que le corresponde al contribuyente por su situación personal y familiar, no deben superar los 18.900 euros si declara solo o 31.500 euros si es una declaración conjunta.

15. Por cantidades donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación

Los contribuyentes pueden deducirse el 15% de lo que hayan donado para impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación de esta comunidad, en especial si la donación fue a universidades públicas o a fundaciones e instituciones enfocadas en la I+D+i empresarial dentro de la región.

16. Para el fomento de la movilidad sostenible

Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de lo que hayan pagado por comprar un coche eléctrico híbrido enchufable o con autonomía extendida, pero solo hasta un máximo de 4.000 euros, siempre y cuando:

  • El coche nuevo debe ser eléctrico puro, eléctrico con autonomía extendida o híbrido enchufable con más de 40 kilómetros de autonomía.
  • El precio del coche, con todos los impuestos incluidos, no puede ser más de 40.000 euros.
  • Este coche no puede ser usado para negocios o actividades profesionales.
  • Tienes que quedarte con el coche al menos 4 años después de comprarlo.

17. Por adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual

Los contribuyentes que hayan comprado su primera casa de nueva construcción en esta comunidad podrán deducirse el 7,5% de lo que hayan pagado por su adquisición en 2023 hasta un máximo de 9.040 euros al año. Para poder acceder a esta deducción será necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Vivir en Castilla y León.
  • Si alguna vez se compró otra vivienda y se usó esta deducción, no se puede usar de nuevo hasta que no haya invertido más en la nueva casa que lo que invirtió en la anterior.
  • Si el contribuyente vendió su antigua casa y no pagó impuestos por la ganancia porque reinvirtió el dinero en la nueva, la cantidad que puede deducirse se reduce.