Jubilaciones
La Seguridad Social confirma que el Gobierno 'regalará' cinco años extra de cotización a todos los que cumplan este requisito
Esta iniciativa supone una oportunidad significativa para quienes no pudieron cotizar durante ciertos periodos de formación
En España, el sistema de jubilación establece una serie de condiciones que los trabajadores deben cumplir para acceder a una pensión completa. Con la llegada de 2025, muchas personas se preguntan cuántos años es necesario haber cotizado para retirarse con el 100 % de los beneficios a los 65 años. La respuesta varía en función del tiempo trabajado y la legislación vigente.
Actualmente, para jubilarse con la pensión completa a los 65 años, es necesario haber cotizado un mínimo de 38 años y 3 meses. De no cumplir con este requisito, la edad de jubilación se eleva a los 66 años y 8 meses. En 2026, las condiciones se mantienen iguales, salvo que quienes no alcancen el tiempo estipulado de cotización tendrán que esperar hasta los 66 años y 10 meses para retirarse. Para 2027, se requerirán 38 años y 6 meses de cotización para jubilarse a los 65 años; de lo contrario, la edad de retiro se fija en los 67 años.
Por otra parte, el sistema de pensiones español permite la jubilación con tan solo 15 años cotizados, aunque en este caso la prestación será significativamente menor, calculada en proporción al tiempo trabajado. Aún no se han establecido cambios para 2028 y años posteriores.
Una nueva oportunidad para sumar cotización
En un intento por mejorar las condiciones de jubilación de ciertos colectivos, el Gobierno, en colaboración con la Seguridad Social, ha aprobado una medida que permite recuperar hasta cinco años adicionales de cotización. Esta normativa, vigente desde agosto de 2024 y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ofrece la posibilidad de incorporar a la vida laboral los periodos de prácticas formativas realizadas en el pasado, siempre y cuando no hubieran sido cotizados previamente.
Esta iniciativa está dirigida a quienes en su momento realizaron prácticas formativas sin remuneración o participaron en proyectos de investigación. También se incluyen aquellos que completaron estudios universitarios de grado, máster o doctorado, así como formaciones en ciclos de formación profesional o enseñanzas artísticas superiores, tanto en España como en el extranjero, siempre que dichas actividades finalizaran antes del 1 de noviembre de 2011.
Además, los titulados universitarios que finalizaron programas de doctorado antes del 4 de febrero de 2006 pueden acceder a esta ventaja. Asimismo, podrán beneficiarse aquellos que cursaron enseñanzas deportivas, formación profesional o estudios superiores en enseñanzas artísticas dentro del mismo periodo.
¿Cómo y cuando solicitarlo?
Es importante destacar que la adhesión a este convenio especial no es gratuita. Los interesados deberán asumir el coste de las cotizaciones correspondientes, calculado en función de la base mínima establecida para el grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social en el año en que se llevaron a cabo las prácticas. Esto supone un pago por mes cotizado estimado entre 40 y 140 euros para periodos comprendidos entre 1980 y 2006.
A estas cotizaciones también se les aplicará un coeficiente reductor del 0,77 %, según el mismo grupo del Régimen General. Para facilitar el pago, los interesados pueden optar por abonarlo en un único desembolso o fraccionarlo en un máximo de 84 mensualidades.
Para acceder a este beneficio, los interesados deben presentar su solicitud ante la Tesorería General de la Seguridad Social, a través de la plataforma 'Trámites y Gestiones'. El plazo de inscripción estará abierto hasta el 31 de diciembre de 2028, y la resolución de la solicitud deberá producirse en un periodo máximo de seis meses desde su presentación.
Esta medida supone una oportunidad significativa para quienes, por distintas circunstancias, no pudieron cotizar durante ciertos periodos de formación, ayudándoles a mejorar su situación de cara a la jubilación.