Derecho

Seis de cada 10 españoles desconocen que pueden cancelar sus deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad

Esta medida es un mecanismo para regularizar el pago de deudas, bien mediante la exoneración del pasivo insatisfecho o mediante un plan de pagos

Una persona con deudas
Una persona con deudasGoogleGoogle

La Ley de Segunda Oportunidad, que permite a las personas físicas y autónomos obtener el perdón total o parcial de las deudas que tengan si no cuentan con activos o patrimonio suficiente para pagarlas, siempre que concurra con buena fe, sigue siendo una desconocida para seis de cada 10 españoles. Esta Ley, aprobada en 2015 y reformada en 2022, pone a disposición de todos los ciudadanos un mecanismo para regularizar el pago de deudas, bien mediante la exoneración del pasivo insatisfecho o mediante un plan de pagos.

Pero a pesar de que ya han pasado 10 años desde su implementación, a día de hoy, el 63% de los españoles aún desconoce su existencia, según una encuesta realizada por Legálitas a través de sus perfiles en redes sociales en la que han participado más de 3.000 personas. Los datos reflejan solo un 7% ya se ha acogido a ella y ha encontrado una posible solución a la complicada situación por la que atraviesan.

Para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad es necesario presentar un escrito inicial firmado por abogado y procurador ante el juzgado correspondiente. En función de la situación económica y patrimonial, esta Ley permite acceder a dos vías: por exoneración del pasivo insatisfecho, previa liquidación de bienes, o sin liquidación cuando el deudor carece de activo realizable, y por aprobación judicial de un plan de pagos, que permite satisfacer el pasivo conforme a la capacidad económica del deudor.

Tanto para una como otra vía, es necesario estar en una situación de insolvencia -deudas e ingresos con los que no es posible afrontar los pagos-, sin antecedentes penales económicos ni bienes libres de cargas -como ser propietario de una vivienda que sea susceptible de venta y con la que se pueda liquidar parte o toda la deuda-.