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Todo lo que necesitas saber sobre la huelga en Ryanair: calendario de protestas, derechos, compensaciones y cómo reclamar
La huelga en el handling de Ryanair en Madrid se extiende ahora a todas sus bases y centros de trabajo en España hasta el 31 de de diciembre

Se avecinan turbulencias en los aeropuertos españoles en una de las fechas clave de las vacaciones de verano: el puente de agosto. UGT ha extendido a todas sus bases y centros de trabajo lo que en un inicio comenzó como una huelga de 22 jornadas en el handling (servicios en tierra) de Ryanair en Aeropuerto de Barajas. Esto es todo lo que necesitas saber: calendario de protestas, aeropuertos afectados, derechos y compensaciones y cómo reclamar.
Fechas de la huelga
Ahora, la huelga, que comienzan con una primera tanda en el puente del 15 al 17 de agosto, afectará a todas las bases y centros de trabajo de la empresa en España y continuará todos los miércoles, viernes, sábados y domingos hasta el 31 de diciembre de 2025, lo que suma un total de 76 días de protesta. Los paros se producirán en las siguientes franjas horarias: de 05:00 a 09:00 horas, de 12:00 a 15:00 horas y de 21:00 a 23:59 horas.
Aeropuertos afectados
Según indica en su web corporativa, Ryanair mantiene actualmente 12 bases operativas en España: Gerona, Barcelona, Palma de Mallorca, Ibiza, Alicante, Valencia, Málaga, Sevilla, Madrid, Santiago de Compostela, Lanzarote y Tenerife Sur. En el primer trimestre de 2025 ajustó su red cerrando las bases de Jerez de la Frontera y Valladolid y reduciendo significativamente su actividad en aeropuertos regionales como Vigo, Zaragoza, Asturias, Santander y Santiago, debido a disputas con Aena por el aumento de las tasas aeroportuarias. Pese a no tener base, también opera en los aeropuertos de Vigo, Asturias, Santander, Vitoria, Biarritz, Zaragoza, Reus, Castellón, Menorca, Murcia, Almería, Fuerteventura, Tenerife Norte y Gran Canarias. No obstante, cabe destacar, que la aerolínea irlandesa "no prevé ninguna interrupción en sus operaciones como consecuencia de las huelgas de personal de asistencia en tierra" en España, ha señalado este martes en un comunicado.
¿A qué indemnizaciones se tiene derecho?
Facua ha advertido a los afectados por la huelga del personal de tierra de Ryanair que tienen derecho a compensaciones de hasta 600 euros y a la devolución del importe del billete y de los gastos que hayan tenido que asumir si su vuelo resulta cancelado.
En concreto, el Reglamento Europeo 261/2004 establece una serie de compensaciones en caso de cancelación de los vuelos. Así, el artículo 7 de la normativa recoge que los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 km, y 600 euros para el resto de vuelos. El TJUE, además, dictaminó en otra sentencia de mayo de 2017 que el derecho a recibir estas compensaciones se hace extensible a aquellos casos en los que el vuelo no sea cancelado, pero sufra un retraso superior a las tres horas de su llegada al destino final.
La asociación también ha indicado a la aerolínea que una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de abril de 2018 determinó que una huelga de trabajadores no se considera dentro del concepto "circunstancias extraordinarias" -que exime de entregar las cantidades- por lo que la compañía tampoco puede negarse a las compensaciones que se le exijan.
Facua también señala que los afectados por las posibles cancelaciones siempre tendrán derecho al reembolso integro del billete “en siete días”, o a un transporte alternativo hasta el destino final, según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento 261/2004.
Además, los usuarios también podrán reclamar cualquier otro tipo de daños, con independencia de su naturaleza, que hayan podido sufrir como consecuencia de la cancelación: hoteles, viajes organizados, vuelos de conexión, etc., e incluso daños morales por haber perdido sus vacaciones o parte de ellas, entre otros posibles supuestos.
Si la cancelación ocurriese próxima al horario de salida del vuelo, la asociación recuerda que el artículo 9 de la normativa europea obliga a las aerolíneas a ofrecer a los pasajeros afectados “comida y refrescos suficientes”, alojamiento en un hotel si fuera necesario y traslado desde el aeropuerto hasta dicho hotel.
Cuándo no se tiene derecho a indemnización
Facua ha advertido de que las aerolíneas no deben entregar dichas compensaciones si informan a los usuarios de la cancelación al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista o se les informa de la cancelación con una antelación de entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrece un transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.
Tampoco si se les informa con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrece tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.
Conforme al artículo 7, las compañías podrían reducir estas compensaciones en un 50% en el caso de que ofrezca un transporte alternativo al pasajero con una diferencia de hora de llegada con respecto a la del vuelo inicial “que no sea superior a dos horas, para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos”, “que no sea superior a tres horas, para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros” o “que no sea superior a cuatro horas” para el resto de vuelos de más de 3.500 km.
Cómo reclamar a la aerolínea
Facua explica que si tu vuelo se cancela, sufre un retraso o te deniegan el embarque por overbooking, en primer lugar debes interponer una reclamación por escrito ante la compañía aérea explicando los hechos ocurridos. Si la compañía en el plazo de un mes no contesta o si la respuesta que ofrece es desestimatoria, puedes acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y presentar reclamación contra la aerolínea. Este organismo emitirá un informe en el especificará si hubo incumplimiento de parte de la empresa, que comunicará al pasajero y a la compañía aérea en cuestión, siendo la resolución que emita de carácter vinculante para la aerolínea. Otra opción para agilizar el proceso es acudir a asociaciones de consumidores (OCU, Facua, CECU entre otras) o a empresas especializadas en reclamaciones, como Reclamador.es.
¿Por qué protestan los trabajadores?
La convocatoria de una huelga estatal en la empresa Azul Handling se achaca, según un comunicado de UGT, a la falta de creación de empleo estable y de consolidación de jornada para el personal fijo a tiempo parcial; a la imposición y coacción en la realización de horas complementarias, tanto ordinarias como voluntarias, aplicando en algunos casos sanciones desproporcionadas; al incumplimiento reiterado de dictámenes de la Comisión Paritaria del Convenio Sectorial sobre garantías y pluses; y a restricciones ilegales a la reincorporación tras el alta médica y a la adaptación de jornada para ejercer el derecho a la conciliación familiar.
UGT denuncia que Azul Handling mantiene “una estrategia de precarización y presión sobre la plantilla que vulnera derechos laborales básicos y desoye sistemáticamente las demandas sindicales”, en palabras de José Manuel Pérez Grande, Secretario Federal del Sindicato Aéreo de FeSMC-UGT. El sindicato "lamenta tener que llegar a estos extremos y todos los perjuicios que puedan producirse, de los cuales el responsable directo será única y exclusivamente la empresa y su temeraria actuación con la plantilla", señala.
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