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El Registro Civil está obligado a seguir inscribiendo los nacimientos

El CGPJ recuerda que durante el estado de alarma sólo se suspenderán los expedientes de inscripción fuera de plazo

Bodas a puerta cerrada
Una pareja, a la espera para contraer matrimonio a las puertas del Registro Civil de MadridChema MoyaEFE

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado que las inscripciones de nacimientos en el Registro Civil que se encuentran dentro del plazo legal no están afectadas por la declaración del estado de alarma como consecuencia de la emergencia sanitaria del Covid-19, por lo que deberán seguir practicándose. Sí deberá suspenderse los expedientes de inscripción que están fuera de plazo.

El órgano de gobierno de los jueces da así respuesta a la consulta elevada por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en relación con esta actuación judicial.

La Comisión Permanente recuerda que la inscripción de los nacimientos es una de las actuaciones que “no quedan suspendidas” ni por el decreto de declaración del estado de alarma ni por el acuerdo adoptado el pasado 13 de marzo por el CGPJ, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, que expresamente señala que el Registro Civil deberá asegurar “las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio”.

La excepción de la suspensión afecta “tanto a las inscripciones cursadas desde los centros sanitarios como a las que se practiquen personalmente, siempre y cuando estén dentro del plazo legalmente previsto”, lo que deja fuera de esa indicación a las inscripciones de nacimiento que están fuera de plazo, informa el Consejo del Poder Judicial en un comunicado.