Tribunal Constitucional

El TC admite a trámite los recursos de Puigdemont y Comín contra la decisión del Supremo de mantener las órdenes de detención cuando fueron elegidos eurodiputados

Admite también el recurso del PP contra el Decreto de Medidas Urgentes de la Generalitat para mejorar el acceso a la vivienda en esa comunidad autónoma

EL magistrado Pablo LLarena mantuvo la orden detención cuando Carles Puigdemont fue elegido eurodiputado
EL magistrado Pablo LLarena mantuvo la orden detención cuando Carles Puigdemont fue elegido eurodiputadoLa RazónLa Razón

El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por Carles Puigdemont y Antonio Comín contra la decisión del Tribunal Supremo de mantener las órdenes judiciales de detención y puesta a disposición de la autoridad judicial que pesaban con anterioridad a que fueran elegidos diputados al Parlamento Europeo. El magistrado Cándido Conde-Pumpido será el ponente de la sentencia que en su dia se dicte sobre estos recursos.

El Tribunal considera que en el recurso concurre una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina en este Tribunal y porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica.

Ahora, el TC requiere a la Sala de Recursos de la Sala Penal del Tribunal Supremo que remita certificación o fotocopia adverada del auto de 5 de noviembre de 2019, que confirmó las decisiones adoptadas por el instructor del “procés” donde rechazaba retirar esas órdenes de busca y captura por el hecho de haber sido elegidos eurodiputados.

Respecto a la solicitud de suspensión de las resoluciones recurridas, el Pleno no aprecia la urgencia excepcional para acordar esa medida, ya que las mismas han sido sustituidas por otras por otras posteriores de 14 de octubre de 2019 y 10 de enero de 2020. No obstante, el Tribunal acuerda formar pieza separada y conceder un plazo de tres días al fiscal y a los solicitantes de amparo para que efectúen las alegaciones que consideren convenientes.

Por otro lado, el Pleno del TC también ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados del artido Popular contra el Decretoley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda; el decreto-ley 1/2020, de 21 de enero, por el que se modifica el anterior y el acuerdo del Parlamento de Cataluña, de 4 de marzo de 2020, de convalidación de este último. El Alto Tribunal ordena que se dé traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado, al Gobierno, así como al Parlamento de Cataluña y a la Generalitat para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.