Iñaki Urdangarín.
Tercer grado de Urdangarín: la doble vara de medir de la Fiscalía
La Fiscalía no recurrió cuando se le concedió a Diego Torres ni a Jaume Matas. «Es una claro agravio comparativo», denuncia su abogado
El pasado miércoles, la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca rechazaba la concesión del tercer grado penitenciario a Iñaki Urdangarín, manteniéndole en segundo grado con aplicación del 100.2 para que dos días a la semana pueda salir unas horas de la prisión de Brieva para realizar labores de voluntariado en un centro de Pozuelo de Alarcón (Madrid) que atiende a personas con discapacidad intelectual. Urdangarín fue condenado a 5 años y 10 meses de prisión por el «caso Nóos» y lleva en prisión desde el 18 de junio de 2018.
La Audiencia estimaba con esa decisión el recurso interpuesto por la Fiscalía contra las decisiones del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Valladolid, que le concedió una progresión de grado a régimen abierto, lo que le permitía hacer su vida cotidiana fuera del centro penitenciario y volver a dormir de lunes a jueves, y, adicionalmente, salir de prisión un fin de semana al mes. Además, el tercer grado conllevaba igualmente la posibilidad de disfrutar hasta 48 días de permisos al año. Los argumentos esgrimidos por la Sala se reducían a dos, principalmente: la «alarma social» provocada por el delito por el que fue condenado y el hecho de que todavía no haya cumplido la mitad de la pena, lo que sucederá el 15 de mayo del próximo año.
Eso sí, el Ministerio Público deja la puerta abierta para que el próximo mes de diciembre, cuando se deba de nuevo proceder, se haga la revisión de la clasificación penitenciaria de Urdangarín.
De esta forma, la actuación de la Fiscalía fue decisiva para que Iñaki Urdangarín no pudiese acceder al tercer grado y lo que ello conlleva. Pero lo que llama la atención no es el hecho en sí de la decisión del Ministerio Público, sino el criterio mantenido respecto a otros dos condenados en la misma procedimiento. En concreto, según su abogado, Mario Pascual, ha existido «un claro agravio comparativo y una discriminación, porque no se entiende que en la misma causa Diego Torres, sin oposición del fiscal, tenga desde junio el tercer grado, y antes el 100.2, al igual que Jaume Matas, respecto al cual tampoco se opuso la Fiscalía».
En cuanto a Torres fue condenado a 5 años y siete meses – tres menos de la pena impuesta a Iñaki Urdangarín–, la Fiscalía recurrió en un primer momento la concesión del tercer grado, pero posteriormente dejó que la resolución de la Juez de vigilancia penitenciaria de Cataluña fuera firme al no recurrir en apelación.
Tampoco deja de ser llamativo que uno de los argumentos de la Fiscalía para oponerse al tercer grado haya sido que la decisión de la Junta de Tratamiento de la prisión de Ávila no hubiese sido unánime, sino que «sólo» contó con una mayoría de cuatro votos a favor de otorgarle el régimen de libertad frente a tres que proponían que continuase con el 100.2 pero también permitiéndole salir dos fines de semana al mes.
Por ello, deja abierta la puerta a reconsiderar su criterio en diciembre si existiese una propuesta de la prisión «que sea unánime y no sólo mayoritaria y muy ajustada, como la actual» y que Instituciones Penitenciarias también lo avalase.
«Mazazo, pero resiste»
La resolución de mantenerle en tercer grado fue recibido por Urdangarín, según manifestó su abogado a LA RAZÓN, como «un mazazo muy duro, pero como es una persona excepcional se está recuperando y como buen deportista sabe recuperarse de estas circunstancias y no se va a venir abajo». Y ello, añade, «pese a que leíamos los argumentos del juez de Vigilancia de Valladolid, que le concedió el tercer grado, y no entendíamos los motivos por los que se oponía la Fiscalía» al tercer grado.
A todo ello, se suma el riesgo de que se pueda limitar los movimientos de circulación en Madrid, pues le impediría también salir para la realización del voluntariado
✕
Accede a tu cuenta para comentar