Doctrina Parot
Ahora no ocurriría
El estupor de ver salir de prisión cada día a delincuentes peligrosos, condenados a cientos de años pero que no han cumplido ni siquiera 30, por obra y gracia de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, no será igual a partir del momento en que se apruebe y entre en vigor el nuevo Código Penal. La adopción de determinadas medidas previstas en ese texto impedirán que salgan a la calle sin la seguridad de que no constituyen ya un peligro para la sociedad, pese a que su estancia entre rejas se haya prolongado durante algunas décadas. Así, por ejemplo, ya en la reforma del Código Penal del año 2010 se establecía la libertad vigilada como una medida de seguridad que se puede aplicar a los delincuentes sexuales peligrosos, una vez cumplan sus condenas. Ahora, con la nueva reforma, se amplía el ámbito de esa nueva medida y los supuestos en que se puede imponer. Pero, además, los tribunales podrán imponer igualmente la pena de prisión permanente revisable en los casos de asesinatos terroristas o cuando éstos se cometan tras una agresión sexual, que es, precisamente, lo que sucedió con el violador que aprovechó un permiso para asesinar a la joven Olga Sangrador. El drama está ya servido, pero al menos era necesario cambiar el escenario y que esos viles delincuentes sepan que el Estado contará con medios suficientes para proteger a la sociedad.
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