Nueva doctrina

La Audiencia Nacional devuelve a prisión a los etarras Atristain y a Inciarte

La jueza de vigilancia penitenciaria aplica la nueva doctrina lograda por la Fiscalía para que los terroristas no salgan de prisión hasta que se resuelvan los recursos a su semilibertad

Atristain, cuando salió de la cárcel a la que ha vuelto (Etxerat)
Atristain, cuando salió de la cárcel a la que ha vuelto (Etxerat)jmz

El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha devuelto a prisión a los etarras Xabier Atristain y Juan Manuel Iniciarte a los que el Gobierno vasco había progresado a tercer grado. La jueza lo hace aplicando una doctrina que ha logrado la Fiscalía -tras el aval del Tribunal Supremo- que consiste en suspender la semilibertad a la espera de que se resuelva el recurso sobre la situación penitenciaria.

En sendos autos, a los que ha tenido acceso LA RAZÓN, la magistrada hace referencia a la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 15 de diciembre que establece "como doctrina legal unificada que en el caso de delitos graves [el terrorismo lo es], la decisión de progresión a calificación que faculte la excarcelación del interno, como sucede con el tercer grado [...], cuando sea recurrida por el fiscal, dicho recurso producirá efectivo suspensivo". Esto quiere decir que los etarras deben esperar en prisión la decisión final de la Audiencia Nacional.

Tradicionalmente, cuando una administración progresa a semilibertad a un reo, éste puede salir inmediatamente de la cárcel aunque la Fiscalía recurra esta situación. En el tiempo que se tramita el recurso, el preso gozaba de un tiempo fuera del centro penitenciario y si la Audiencia Nacional luego decidía que debía volver a ingresar, era entonces cuando volvía. Ahora, gracias a la doctrina que el Ministerio Público ha impulsado, las normas han cambiado y, en casos de delitos graves, el recurso provoca que el etarra deba esperar en prisión.

La Consejería de Justicia del Gobierno Vasco había progresado tanto a Atristain como a Inciarte el pasado 2 de marzo, por lo que el fiscal Carlos Bautista recurrió la situación y, por primera vez tras la sentencia del Alto Tribunal, se ha podido aplicar esta nueva doctrina.

En el caso de Atristain era la segunda vez que ocurría, puesto que la Audiencia Nacional ya ordenó su ingreso en noviembre del pasado año. Su caso es particular porque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dijo que sus derechos habían sido vulnerados durante la investigación y corrió el temor entre las víctimas de que la "doctrina Atristain" terminara con la excarcelación de decenas de presos de la banda terrorista.

Sin embargo, el Supremo señaló que no había lugar a revisar su sentencia de 17 años de cárcel por delitos de depósito, ocultación y traslado de material explosivo por lo que continuó en prisión.

Inciarte, por su parte, fue detenido en el aeropuerto en 2009 después de haber formado parte del 'comando Vizcaya'. Fue condenado por los asesinatos de un teniente de Policía y de un cabo y su mujer embarazada en Bilbao.