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Tribunales

La Audiencia de Sevilla lleva el borrado de los ERE ante la Justicia Europea: "Hay riesgo sistémico de impunidad"

Paraliza la tramitación de la causa hasta que el TJUE resuelva cuatro cuestiones en las que plantea una posible vulneración del Derecho Comunitario con el pronunciamiento del TC

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha acordado plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por el borrado de las penas de los condenados en el caso de los ERE. El tribunal advierte en su auto del "riesgo sistémico de impunidad en la lucha contra la corrupción política o el fraude" que puede generarse con los fallos del Tribunal Constitucional que estimaron parcialmente los recursos de Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

De esta forma el tribunal consuma la ejecución de su consulta a Bruselas, pese a que el TC que preside Cándido Conde-Pumpido trató sin éxito de evitar que se plantease esta cuestión prejudicial. Del mismo modo, anuncia que suspende la tramitación de la causa "en lo que se refiere a la ejecución de los mandatos contenidos en las sentencias", por lo que no aplicará lo acordado por el Constitucional hasta que se pronuncie el TJUE.

En su auto, los magistrados exponen que el TC de Pumpido impone una interpretación restrictiva del concepto de "fraude" que afecta a los intereses financieros de la Unión Europea, especialmente en lo relativo al delito de malversación de fondos públicos. La interpretación que hizo el tribunal de garantías de las condenas del Tribunal Supremo entrañaría un escenario de impunidad de los delitos cometidos durante casi una década por los entonces responsables de la Junta de Andalucía y sus colaboradores, a quienes se les achacó un desvío cercano a los 700 millones de euros de dinero público.

"Inmunidad aplicable al gobierno nacional"

"De ese modo surgiría un espacio de inmunidad absoluto respecto de las actividades prelegislativas presupuestarias de los gobiernos de los parlamentos regionales, con el riesgo añadido de que este espacio de inmunidad sería aplicable al gobierno nacional, por la vinculación de la doctrina del Tribunal Constitucional al legislador y que atenta contra la aplicación uniforme del Derecho de la Unión en materia de tutela de los intereses financieros de la UE en todo el territorio europeo", reza el auto de los magistrados.

Cabe recordar que la mayoría progresista del TC se impuso en la deliberación de los recursos y anuló las condenas de Griñán y Chaves de seis años de prisión y nueve de inhabilitación, respectivamente. El tribunal de garantías también tumbó la condena de nueve años de inhabilitación a la que fuera consejera de Economía y Hacienda del gobierno andaluz, Magdalena Álvarez, al concluir que no se cometió delito con la aprobación de las partidas desviadas para los ERE fraudulentos.

Ello supuso una corrección del criterio del Tribunal Supremo que no solo avaló el fallo de la Audiencia de Sevilla, sino que advirtió que las partidas de los ERE se integran en actos reglados sujetos al derecho administrativo que no están amparados por las leyes de presupuestos. Es más, el alto tribunal expuso que los condenados dispusieron de forma "libérrima y arbitraria" de estas millonarias partidas y que se dictaron "resoluciones prevaricadoras" a sabiendas de la "irregularidades" que se estaban produciendo.

"Un Gobierno no está por encima de la Ley"

El TC, sin embargo, anuló las condenas y deslizó que el Supremo vulneró el principio de legalidad penal y el derecho a la presunción de inocencia de Griñán. Por ello obligó a la Audiencia de Sevilla a reducir a la baja las condenas acordadas, pero el tribunal activó el mecanismo para llevar este pronunciamiento al TJUE ante la sospecha de que el pronunciamiento del TC puede vulnerar el Derecho Comunitario.

En su auto, dictado este lunes y que consta de 61 páginas, los magistrados advierten de que no pueden respaldar la consideración de que los miembros del Gobierno de una comunidad autónoma no son irresponsables y no gozan de inmunidad por los delitos que puedan cometer al aprobar los anteproyectos de leyes de presupuestos. "No está previsto nada similar en la Constitución ni está justificada en un Estado de Derecho, la pretensión de situar a los miembros del Gobierno, en cualquier ámbito, por encima de la Ley", rezan los magistrados.

En consecuencia con ello exponen sus dudas acerca de que sea compatible con el Derecho de la UE el hecho de considerar que los miembros del gobierno de una comunidad no tienen responsabilidad por su actuación en la elaboración, aprobación o elevación al Parlamento de proyectos de ley, y más concretamente, de textos elaborados "con el propósito de distribuir de forma ilegal" subvenciones por importe de 680 millones de euros y durante un periodo de diez años.

Suplantar al Supremo

"Dicha conclusión de irresponsabilidad pudiera provocar un riesgo sistémico de impunidad respecto a las infracciones de fraude grave, con el consiguiente incumplimiento por España de sus obligaciones con la Unión Europea de luchar contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión, de prevenir y combatir la corrupción en general y de prever la aplicación de sanciones eficaces y disuasorias en caso de tales infracciones", reza el auto remitido al TJUE.

Del mismo modo, pide a la Justicia Europea que analice la actuación del TC en su respuesta a los recursos de amparo de los condenados ya que con su interpretación, sospecha que "por primera vez" el tribunal de garantías podría haber suplantado la función de interpretación de la ley que corresponde al Tribunal Supremo. "Pudiera haber ocasionado un daño institucional difícilmente reparable, al anular las sentencias y proceder de una forma inédita con la rectificación del criterio del Tribunal Supremo en la interpretación de un elemento recogido en la descripción de la conducta típica", determina la Audiencia de Sevilla.