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El Constitucional levanta la suspensión de la Ley de Seguridad Pública vasca

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha levantado hoy la suspensión de varios artículos de la Ley de Seguridad Pública de Euskadi que habían sido impugnados por el Gobierno.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha levantado hoy la suspensión de varios artículos de la Ley de Seguridad Pública de Euskadi que habían sido impugnados por el Gobierno.

El Ejecutivo recurrió el pasado mes de abril la ley vasca que regula el sistema de seguridad pública por considerarla "inconstitucional"y automáticamente quedaron en suspenso los cuatro preceptos impugnados.

Uno de los artículos sobre los que pesaba la suspensión es el referido a la capacidad de Euskadi para autorizar centros docentes privados de estudios policiales.

El Gobierno lo recurrió al opinar que no se ajustaba a la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ni a la legislación estatal sobre autorización de centros de formación.

El Gobierno también había impugnado un artículo de la ley en el que se contemplaba la inclusión de la Administración del Estado en el Consejo de Seguridad Pública de Euskadi.

El Consejo de Seguridad Pública de Euskadi está previsto en la ley, aprobada en 2012, como un órgano consultivo y de participación en el que estarán presentes representantes de las administraciones del Estado, del País Vasco, forales y municipales.

El Gobierno entendía que establecer la participación de la Administración General del Estado en un órgano autonómico era "inconstitucional".

Además, el Ejecutivo recurrió al entender que la ley de cuerpos de seguridad establece que los convenios para la prestación de servicios conjuntos de policía local entre varios municipios se suscribirán con las condiciones determinadas por la normativa estatal.

Por otro lado, la ley vasca que había sido recurrida establece que cada cinco años el Gobierno Vasco aprobará un plan general de seguridad de Euskadi sobre las previsiones generales de riesgo, actuaciones y medios en materia de seguridad y emergencias.

Asimismo, refuerza la coordinación entre la Ertzaintza y las policías locales y prevé la expedición de un único carné profesional para todos estos cuerpos, así como la creación de un registro de todas las guardias urbanas.

Transcurridos cinco meses, el TC tenía que ratificar o levantar la suspensión de los artículos recurridos y ha acordado adoptar esta segunda opción puesto que considera que los argumentos esgrimidos por el abogado del Estado, que pedía que se prorrogara, no son suficientes.

En este sentido, ha considerado que debe primar "la presunción de constitucionalidad de la que goza la norma cuestionada".

El auto, al que ha tenido acceso Efe, señala que el abogado del Estado no ha acreditado suficientemente los perjuicios que supondría el levantamiento de la suspensión de la norma y destaca que levantar esta medida no causaría daños "irreversibles o de difícil reparación".

El TC asume de este modo las tesis del Gobierno Vasco, que argumentó que en caso de seguir manteniendo esta medida cautelar, la Policía autónoma por ejemplo no podría seguir supervisando los servicios de seguridad privada en bancos, joyerías, estaciones de servicio u oficinas de farmacia, lo que ha permitido hasta ahora rebajar la tasa de delitos en dichos establecimientos.

La Mesa del Parlamento Vasco llegó a personarse en este litigio entre ambos Ejecutivos y pidió junto al Gobierno Vasco que se levantara la suspensión, como finalmente ha ocurrido.

No obstante, el Constitucional todavía no se ha pronunciado sobre el fondo del asunto.