Tribunal Constitucional

El TC admite a trámite el recurso de Turull, Rull y Sánchez contra la suspensión como diputados

El Tribunal aprecia “una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal”

Los ex consellers presos tienen permiso para salir de la cárcel porque la cámara catalana ha pedido su comparecencia
Los ex consellers presos tienen permiso para salir de la cárcel porque la cámara catalana ha pedido su comparecencialarazon

El Tribunal aprecia que en el recurso interpuesto concurre “una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal”.

El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad ha admitido a trámite los recurso de amparo presentado por Jordi Sánchez, Jordi Turull y Josep Rull contra los Acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados de 24 de mayo y 11 de junio de 2019, que declararon su suspensión como diputado y la desestimación de la reconsideración presentada contra el acuerdo anterior, respectivamente.

El Tribunal aprecia que en el recurso interpuesto concurre “una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal” y porque “el asunto trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”. Asimismo se ordena comunicar tal decisión a la presidenta del Congreso de los Diputados para que remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes a los Acuerdos de la Mesa anteriormente citados.

En relación con la solicitud de suspensión de las resoluciones recurridas, el Pleno no aprecia la urgencia excepcional a la que se refiere el art. 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que justificaría su adopción inmediata de forma inmotivada. Por tanto, para resolver sobre la misma procede formar pieza separada

Por tanto, para resolver sobre la misma procede formar pieza separada y conceder un plazo de tres días al Ministerio Fiscal y al solicitante de amparo para que efectúen las alegaciones que consideren oportunas.

Los tres recurrentes se encuentran en prisión provisional a la espera de que el Tribunal Supremo dicte en fechas próximas la sentencia del "procés", que con toda seguridad será condenatoria. La Fiscalía les acusa de un delito de rebelión, mientras que la Abogacía del Estado considera que los hechos por los que fueron juzgados, relacionados con la Declaración Unilateral de Independencia de Cataluña y el posterior referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 constituyen un delito de sedición.