Ministerio de Justicia

El TC inadmite el recurso de una asociación de jueces por el «reparto político» en el CGPJ

La Razón
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El TC ha inadmitido a trámite el recurso de amparo que interpuso el pasado mes de enero la asociación de jueces y magistrados Francisco de Vitoria contra el reparto político del Consejo General del Poder Judicial y el nombramiento de su presidente, Carlos Lesmes.

El Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite el recurso de amparo que interpuso el pasado mes de enero la asociación de jueces y magistrados Francisco de Vitoria contra el reparto político del Consejo General del Poder Judicial y el nombramiento de su presidente, Carlos Lesmes.

El alto tribunal, sin entrar en el fondo, ha rechazado que deba dictaminar sobre esta cuestión por una supuesta vulneración de la tutela judicial efectiva por parte del Tribunal Supremo.

Este órgano había desestimado inicialmente su demanda al entender que la designación del Lesmes, presidente del órgano de Gobierno de los jueces y del propio Supremo por la "voluntad libre"de los vocales no puede ponerse en duda a causa de una "teórica existencia de tratos políticos previos".

Los jueces de la FdV entendían que con esta argumentación el alto tribunal vulneró sus derechos fundamentales, una alegación que no es compartida por el Constitucional, que se limita a inadmitir el recurso "dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo".

Las actuaciones se archivarán definitivamente a no ser que la Fiscalía recurra en súplica, para lo que cuenta con tres días de plazo, según reza la providencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Francisco de Vitoria había acudido al Constitucional al Constitucional al entender que el "cambalache"político que giró en torno a la designación de la última renovación del Consejo a raíz de la nueva ley impulsada por Alberto Ruiz-Gallardón vulnera "claramente"una doctrina del propio tribunal de garantías de 1986..

Denunciaban que el acuerdo alcanzado entre los líderes de los dos partidos mayoritarios se conocía incluso antes de que los vocales fueran nombrados.

"Una verdadera democracia no se concibe sin auténtica separación de poderes; y la misma no queda garantizada si la composición del órgano de gobierno del Poder Judicial se limita a un reparto de cuotas entre partidos políticos sin tener en cuenta el mérito, la capacidad y la idoneidad de los nombrados", exponía FdV.

Advertían también de que las vocalías se reparten cual "porciones de tarta"entre los partidos políticos, mientras que los consejeros nombrados "se han limitado a cumplir obedientemente las consignas recibidas para el nombramiento del presidente que había sido decidido en otras instancias".