Opinión
No es el fin del anonimato, es el inicio de la censura
El Gobierno utiliza a los menores para prohibir el acceso a Internet a cualquier ciudadano
La pasada semana, el Gobierno anunció una ley pionera en Europa. El proyecto de ley para la protección del menor en entornos digitales, o también conocida como la «ley de protección del Gobierno en entornos digitales». Aparentemente, parte del rearme propuesto parece que pasa por censurar cualquier opinión disidente en Internet. Una ley pionera –en censura– cuyo noble objeto no era otro que el de proteger a los menores de los peligrosos mecanismos adictivos de los videojuegos y que acaba retorciendo la doctrina de la Sala Segunda del Tribunal Supremo para fulminar el internet que estorba.
Ese antiguo anteproyecto que inició su camino en 2020 como «ley de loot boxes», ha desaparecido de los portales donde llevaba escondido del anuncio público durante los últimos meses. Casualidades del procedimiento, que cuando resulta público el anuncio de la aprobación del proyecto ley, el manuscrito desaparece para que no reluzca que la propuesta censora sale del Gobierno. Y ello pese a los muchos informes que intenten acreditar una legitimidad que brilla por su ausencia.
En un principio, la propuesta era loable: proteger a los menores de los sistemas de apuestas y recompensa aleatoria en medios digitales como los videojuegos. Luego llegaron las cartas a la ciudadanía, las imputaciones judiciales y el fracaso del mal llamado «pajaporte», con el correspondiente pasaporte a Escrivá.
Bajo la angustiosa y esquizofrénica deriva presidencial, agobiada por los continuos ataques judiciales, las presiones exteriores y los pulsos internacionales, a algún iluminado en Moncloa se le ocurrió considerar que la doctrina de «Internet como lugar», era una solución viable para que los tribunales dejaran dormir a Presidencia. Como es fácil colegir, Internet es un medio de comunicación, no un lugar, tal y como lleva marcando el Código Penal durante la última década.
En favor de la libertad de información recuerdo la redacción original de dicha modificación para que se pueda valorar el esperpento que intenta enmascarar el Gobierno utilizando a los menores como excusa. Necedad aparte, nada molesta en la reforma de los artículos 183, 186, 188 y 189, que aplican sanciones encaminadas exclusivamente a la protección del menor. El estupefaciente estatal viene aquí: «La prohibición de acceso o de comunicación a través de redes sociales, foros, plataformas de comunicación o cualquier otro lugar en el espacio virtual».
Igual redacción se repite en los artículos 33, 39, 40, 45, 48, 56,70 y 83. De manera conjunta, el Gobierno plantea que cualquier delito que se encuentre con una pena por debajo de los 10 años pueda incluir como pena accesoria la prohibición preventiva, hasta sentencia, del uso o acceso a cualquier plataforma de comunicación, espacio virtual, red social o foro, inhabilitando para el ejercicio de profesión por igual tiempo en caso de que la actividad se desarrolle a través de Internet. Un complemento que poco o nada tiene que ver con la protección al menor.
Indicaba el ministro de Justicia, Félix Bolaños, que esta «protección» implica la reforma de otras leyes para hacer efectiva la prohibición a los prestadores de servicios. En este caso, habilita al juez de turno a que pueda exigir la imposibilidad de acceso e implementa la cartera digital por la puerta de atrás, haciendo necesaria la incorporación de sistemas que sean tan seguros como este para la verificación de edad por parte de los prestadores del servicio.
Así, con el requerimiento a la autoridad competente, cualquier usuario de forma más o menos inmediata puede quedar sin acceso a los espacios virtuales donde desarrolle su actividad, sea profesional o no.
Cualquier mención demasiado airada, cualquier artículo susceptible de malinterpretación, cualquier comentario crítico, sarcástico, irónico o satírico será motivo suficiente para imponer una prohibición de acceso a cualquier espacio virtual, que afecta desde al más grande de los periódicos hasta al usuario con menor impacto. Este poder residirá en cualquier asociación, colectivo o particular de turno que quiera imponer su criterio ante una opinión contraria. Sin olvidar que dicha modificación afecta a cualquier espacio virtual y a cualquier ciudadano español que pretenda ser crítico y así quiera expresarlo libremente, ya sea contra un particular o el Estado.
El Gobierno más progresista de la historia vuelve a utilizar algo tan sensible como son los menores en su propio provecho para sus batallas personales. Al igual que ya hizo con las pensiones para sus juegos de falsa mayoría con el resto de socios del Gobierno de coalición.
Pendiente aún de la convalidación por el Congreso, esta ley implica prohibir el acceso a los periodistas, medios de información o entretenimiento, o a ciudadanos que realicen cualquier actividad en cualquier tipo de espacio virtual. Esto no solo es fin del anonimato, es el inicio de la censura.
Otro engaño más con el que se persigue limitar el único «lugar» cuyos márgenes todavía no se pueden negociar a puerta cerrada. Puertas al campo a golpe de reforma del Código Penal.
*Cristóbal Gázquez es director de Operaciones de BGD Abogados