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A un paso del banquillo

El ICAM reclama cuatro años de prisión para García Ortiz y 81.000 euros de multa

El Colegio de la Abogacía de Madrid asegura que el fiscal general y la fiscal jefe de Madrid "tenían deber de guardar secreto" respecto a la "información sensible" sobre el novio de Ayuso

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz Ramón CometEUROPAPRESS

El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) pide cuatro años de prisión para el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de secretos por la filtración de datos reservados de la investigación por fraude fiscal al empresario Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. La institución que preside Eugenio Ribón solicita además que se le imponga una multa de 81.000 euros, que se le suspenda en el cargo durante tres años y que quede inhabilitado para ser fiscal general del Estado.

En cuanto a la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, el ICAM pide una condena de tres años de cárcel y una multa de 27.000 euros, que se le suspenda en el cargo y se le inhabilite para ejercer como fiscal jefe de Madrid, al considerarla cooperadora necesaria de esa supuesta revelación de secretos.

En su escrito de acusación asegura que ambos "tenían deber de guardar secreto, no revelando información sensible", como considera a la contenida en el correo del 2 de febrero del pasado año en el que la defensa de González Amador admitía el fraude y ofrecía un pacto a la Fiscalía, "de la que tenían conocimiento por razón de sus respectivos cargos, y que no deberían haber divulgado" la noche del 13 de marzo de 2024, filtración que atribuye a los dos procesados.

El borrado de sus mensajes

El ICAM pone de relieve que García Ortiz "consciente del riesgo probatorio que corría en su contra, y con el fin de entorpecer la indagación judicial que preveía inminente, procedió a eliminar de la aplicación WhatsApp todos sus mensajes" una semana después de que el Tribunal Supremo abriera una investigación penal contra él. El 23 de octubre del pasado año, añade, "cambió su terminal

de telefonía móvil", Asimismo, continúa, "procedió a eliminar" de su cuenta particular de correo electrónico "todos los correos electrónicos". "Ni las conversaciones de mensajería WhatsApp ni los correos electrónicos han podido ser rescatados2", constata al tiempo que apunta que -contrariamente a lo que defiende el fiscal general para justificar su comportamiento- "no existe ningún protocolo oficial de borrado de comunicaciones en aras de la protección de datos sensibles, ni norma específica que ampare tal proceder".

Los acusados, señala el ICAM, "han minado la credibilidad del Ministerio Fiscal y los principios de objetividad, imparcialidad y confianza que ha de presidir cualquier contacto de los profesionales de la Abogacía con el Ministerio Público, pues cualquier filtración, además del daño reputacional y la consiguiente lesión de derechos subjetivos, influye sustancialmente en el desarrollo del proceso con todas las garantías".

"Merma de derechos" para González Amador

Y es que para la acusación pública la filtración de ese correo del 2 de febrero de 2024 y la publicación de la nota informativa de la Fiscalía sacando a la luz los contactos entre el abogado del novio de Ayuso y el fiscal del caso no solo ha causado "perjuicios reputacionales de índole social y económica" sino también "una merma del derecho al proceso con todas las garantías" de González Amador y de su "derecho a la confidencialidad "derivada del secreto

profesional entre abogado y cliente y con el Ministerio Fiscal en los trámites de conformidad" a un juicio justo y al derecho a la presunción de inocencia y a "no autoincriminarse en el procedimiento penal seguido por presunta defraudación tributaria".

Una cosa es el inicio de contactos entre la defensa y la Fiscalía con el objetivo de alcanzar una conformidad penal, que son "conversaciones protegidas por la obligación de sigilo y reserva", matiza, "y otra muy distinta es que este cauce se utilice para desdibujar tales derechos". Para el Colegio de Abogados resulta "indudable" que la divulgación de una" autoinculpación" conlleva "la contaminación del órgano judicial en la fase final de enjuiciamiento y condiciona igualmente esa posible conformidad en lo sucesivo.