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La Abogacía del Gobierno

Las únicas razones que explican el desacertado escrito de la Abogacía del Estado son las presiones de Moncloa

Los líderes del «procés» se alzaron violenta y públicamente tratando de declarar la independencia de una parte del territorio nacional, tal como se recoge en el artículo 472 y siguientes del Código Penal.
Los líderes del «procés» se alzaron violenta y públicamente tratando de declarar la independencia de una parte del territorio nacional, tal como se recoge en el artículo 472 y siguientes del Código Penal.larazon

Las únicas razones que explican el desacertado escrito de la Abogacía del Estado son las presiones de Moncloa.

Llama la atención que el escrito de conclusiones provisionales de la Abogacía del Estado lo firme la Abogada General del Estado y no los abogados del Estado que hasta ahora ejercían su función en el procedimiento instruido por el magistrado Pablo Llarena en el Tribunal Supremo. Igualmente, es sorprendente que la referida Abogacía no se haya opuesto hasta ahora a que los hechos investigados se consideraran constitutivos de delitos de rebelión como lo demuestra el que dicha parte procesal no se opusiera a que se procesara a los líderes independentistas por rebeldes en vez de por sediciosos.

Los abogados del Estado tienen encomendada la defensa jurídica del Estado y de sus principales instituciones en cualquier jurisdicción, habiendo cometido un gran error en la calificación jurídica de los hechos ocurridos en Cataluña el 1 de octubre de 2017 así como en los días previos y posteriores.

Este cambio de criterio solo se puede explicar por su dependencia jerárquica del Ministerio de Justicia y las sugerencias que la Sra. Ministra diplomáticamente haya hecho sobre el prestigioso Cuerpo del Estado. Hace años ocurrió algo similar cuando la Abogacía del Estado se pronunció sobre la expropiación de Rumasa desviándose de su posición inicial.

Como penalista no puedo estar de acuerdo con las manifestaciones de la Sra. Ministra de Justicia, María Dolores Delgado, en las que intenta justificar el cambio de postura de la Abogacía en que no ha sido hasta ahora cuando el Estado a través de sus asesores jurídicos ha tenido que pronunciarse por primera vez.

En el proceso penal hay muchas oportunidades para expresar el criterio que sigue cada parte desde el mismo inicio del mismo mediante la presentación de los escritos y recursos que sean oportunos fundamentándolos jurídicamente de acuerdo con la estrategia que se establece desde el principio. Otra cosa sería que hubieran surgido en este momento procesal importantes cambios originados en nuevas pruebas o revelaciones que modificaran los graves hechos ocurridos en el otoño pasado y la responsabilidad de todos o algunos de los procesados.

Pero estas circunstancias extraordinarias no han sucedido y, desde mi punto de vista, las únicas razones que explican el desacertado escrito de acusación de la Abogacía del Estado son las presiones del Gobierno. Esta conminación ya llevaba tiempo fraguándose y así pudimos conocer cómo Pascual Sala opinaba que no se había cometido delito de rebelión por no decir que tampoco el de sedición, seguido de una opinión similar por algunos fiscales cercanos al Gobierno y, más recientemente, por el propio Presidente del Gobierno y varios ministros.

Así consigue el Gobierno poner en entredicho las conclusiones excelentemente fundamentadas de la Fiscalía del Tribunal Supremo que respaldan la labor instructora del Magistrado Pablo Llarena brillantemente ejercida, a su vez respaldando la querella en su día presentada por José Manuel Maza como fiscal general del Estado. Quien ocupa actualmente ese cargo, María José Segarra, ha respetado la posición de los fiscales del Alto Tribunal, no permitiendo que el gobierno se inmiscuyera en sus labores, decisión que debe aplaudirse pues estamos acostumbrados a que no siempre defienda su autonomía el ministerio público.

La doctrina y jurisprudencia se refieren a la sedición como a «una rebelión en pequeño» y los sucesos de octubre del pasado año en Cataluña no fueron de escasa entidad sino muy graves como todos pudimos comprobar por las imágenes y la información publicada. Un año después, gracias a la labor de la Guardia Civil y la Policía Nacional, que con sus detallados informes han facilitado la brillante instrucción del Magistrado Llarena, estamos convencidos que los líderes del «procés» se alzaron violenta y públicamente tratando de declarar la independencia de una parte del territorio nacional, tal como se recoge en el artículo 472 y siguientes del Código Penal.