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Terrorismo

«La Tigresa» saldrá de prisión para sacarse el carnet de conducir

Las salidas no podrán durar más de ocho horas y no podrá ser controlada por las fuerzas de seguridad, según el Reglamento Penitenciario

Imagen de archivo, tomada en Madrid el 19 de julio de 2004, de los etarras Idoia López Riaño, alias "Tigresa", y Santiago Arrospide Sarasola, "Santi Potros"
Imagen de archivo, tomada en Madrid el 19 de julio de 2004, de los etarras Idoia López Riaño, alias "Tigresa", y Santiago Arrospide Sarasola, "Santi Potros"larazon

La Audiencia Nacional ha concedido a la histórica etarra Idoia López Riaño, actualmente desvinculada de la banda, que salga regularmente de la prisión alavesa de Zaballa en la que se encuentra cumpliendo condena para sacarse el carnet de conducir.

La Audiencia Nacional ha concedido a la histórica etarra Idoia López Riaño, actualmente desvinculada de la banda, que salga regularmente de la prisión alavesa de Zaballa en la que se encuentra cumpliendo condena para sacarse el carnet de conducir, según el auto de la Sección Primera de la Sala de lo Penal al que ha tenido acceso Europa Press.

El escrito, del que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Penal, Fernando Grande Marlaska, accede a que se le aplique el artículo 117 del Reglamento Penitenciario "al objeto de obtener el carnet de conducir". La Sala alega que "no consta que a la hora de autorizar la realización del curso para la obtención del carnet de conducir se le hiciera saber que no podría acceder a lo previsto en el artículo 117 del Reglamento Penitenciario, situación legal necesaria para aquellos internos en segundo grado que no disfruten de permisos de salida".

El citado artículo recoge que "los internos clasificados en segundo grado de tratamiento (es el caso de 'La Tigresa') que presenten un perfil de baja peligrosidad social y no ofrezcan riesgos de quebrantamiento de condena, podrán acudir regularmente a una institución exterior para la realización de un programa concreto de atención especializada, siempre que éste sea necesario para su tratamiento y reinserción social".

El auto recuerda que el Centro Penitenciario admitió la participación de 'la Tigresa' en el curso, que "junto a otros internos realizó los reconocimientos médicos y psicotécnicos"y que "no se discute que la interna haya aprobado el examen teórico, siendo merecedora de una nota de recompensa y evaluarse como actividad".

Añade la Audiencia Nacional que "consta la realización continuada en el tiempo de múltiples actividades formativas, notas meritorias y perfecto andamiaje en su comportamiento penitenciario, sin que se haga referencia a sanciones dignas de significación".

Indisciplinada como pistolera y como presa

La indisciplina de 'La Tigresa' ya era una constante durante sus años de pistolera en los que participó en numerosos atentados en varias estructuras, entre ellas el sanguinario 'comando Madrid' de ETA en el que militaban otros históricos terroristas como José Ignacio De Juana Chaos. Esa indisciplina también comenzó a ponerla en práctica en prisión desde hace años hasta que fue expulsada de la organización.

En verano de 2010 fue trasladada a la cárcel alavesa de Nanclares de la Oca donde se agrupan a los presos disidentes de ETA. Durante su estancia en esa prisión y ahora en Zaballa ha desempeñado diversas actividades que ETA siempre ha prohibido a sus internos.

López Riaño, cuyo verdadero alias en ETA era 'Margarita', era la encargada de cuidar a los animales que empleaba la cárcel en un programa de terapia asistida con animales para otros reclusos con problemas de adaptación, según informaron a Europa Press fuentes penitenciarias.

En concreto, estaba al cargo de dos cachorros de la raza Golden Retriever. Su función consistía en supervisar el estado de los cachorros, darles de comer y velar porque estuviesen limpios y bien atendidos para la terapia en la que ella no participaba dado que no tiene ese tipo de problemas para relacionarse. También comenzó a estudiar un módulo de Formación Profesional y dio clases de euskera y francés, precisaron las fuentes consultadas.

«Pesar por el daño causado»

Todas estas circunstancias han sido tenidas en cuenta por la Sección Primera de la Sala de lo Penal e insiste en que "desde hace más de dos años se observa una desvinculación del entorno terrorista, caracterizado por el ejercicio de la violencia". Además, reconocen su "asunción de responsabilidad", "pesar por el daño causado"y la "realización continuada de cursos de formación, muchos de ellos calificados institucional y judicialmente como de especial interés".

A juicio de los magistrados que firman el auto (Grande Marlaska, Manuela Fernández y Nicolás Poveda), el carnet de conducir no es "sólo una opción personal, sino una exigencia laboral y personal, muchas veces determinante".

Añaden que no se ha explicitado "al día de hoy, en qué elemento objetivo se sustenta la conclusión de riesgo de fuga o quebrantamiento de condena, más en una persona que lleva tiempo alejada del entramado terrorista, y bajo los principios constitucionales que deben inspirar la interpretación del ordenamiento jurídico en materia penitenciaria".

El artículo 117 en virtud del cual podrá salir de prisión estipula que las medidas de seguimiento y control que se le apliquen "no podrán consistir en control personal por miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado"y que "la duración de cada salida diaria no excederá de ocho horas".

El Reglamento penitenciario matiza que "la participación en el programa podrá ser revocada por el incumplimiento de las condiciones establecidas o por circunstancias sobrevenidas que justifiquen esta decisión".

De hecho en el auto se deja la puerta abierta a que la Administración Penitenciaria "acredite datos objetivos que determinen concreto, no mera sospecha, riesgo de quebrantamiento de condena, así como de su revocación"en caso de que no se cumplan las condiciones que puedan establecerse.

'La Tigresa' recurrió ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional después de que el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria desestimase el pasado abril su queja por que no se le permitiese salir de prisión para sacarse el carnet de conducir. La Fiscalía también se opuso a la concesión del artículo 117 del Reglamento Penitenciario. Contra la decisión de la Sala "no cabe recurso ordinario alguno".