Tribunal Supremo

El novio de Ayuso se desmarca del correo que envió su exabogado a la Fiscalía admitiendo el fraude tributario

González Amador dice al juez que se envió sin su consentimiento y hace hincapié en el "destrozo" sufrido a nivel personal y económico por referirse a él como "defraudador confeso"

El empresario Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, ha asegurado en el Tribunal Supremo (TS) que el correo que su entonces abogado Carlos Neira -a quien el juez ha citado a declarar como testigo el próximo martes- remitió a la Fiscalía el 2 de febrero del pasado año admitiendo el fraude tributario que se le imputa y ofreciendo un pacto al Ministerio Público se hizo sin su permiso. Según apuntan fuentes jurídicas, en su declaración el empresario se ha desmarcado de esa confesión y ha defendido que el letrado actuó "por su cuenta".

Ese correo -cuya filtración el juez Ángel Hurtado atribuye al fiscal general del Estado la noche del 13 de marzo de 2024- se envió "sin su consentimiento", ha insistido, porque él era partidario de la solución "que menos ruido causase". De hecho, ha referido que no tuvo conocimiento del mismo hasta el 14 de marzo de ese mismo año -una vez la filtración ya se había producido-, cuando la Fiscalía difundió una nota pública detallando las conversaciones con su abogado para intentar cerrar un acuerdo de conformidad.

A este respecto, fuentes del procedimiento explican que el entonces letrado de González Amador "mandó ese correo en esos términos porque lo había hecho en otras ocasiones para acelerar la solución y funcionó". En este caso, sin embargo -apuntan- "el resultado ha sido otro porque no es un contribuyente cualquiera, sino la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid".

Además, según esas mismas fuentes, González Amador ha explicado que el hecho de que a raíz de ese correo se le haya considerado un "defraudador confeso" -el término con el que se han referido a él varios ministros del Gobierno de Pedro Sánchez, a los que ha demandado- "ha sido un destrozo" en su ámbito personal y social y a nivel económico "ha perdido contratos de clientes de hace 15 años" y "no le han llamado para impartir cursos que llevaba impartiendo más de diez años".

Pidió "la mejor solución" para mantener su anonimato

Y respecto al correo del 12 de marzo de 2024 que el fiscal del caso, Julián Salto, envió a su entonces abogado mostrándose dispuesto a alcanzar un acuerdo de conformidad, que fue filtrado por el jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, a varios periodistas (una actuación en la que el instructor no ve atisbo de delito ni justificación alguna a la posterior divulgación de ese otro correo del 2 de febrero), González Amador ha explicado que le remitió el WhatsApp que le había enviado Neira con esa información tras publicarse en "El Mundo" que era la Fiscalía la que había ofrecido el pacto al empresario, y no a la inversa. Pero, ha matizado, no le dijo a Miguel Ángel Rodríguez que lo difundiese, sino simplemente: "Haz lo que veas".

González Amador, que ha ratificado el contenido de su querella por la filtración de esos datos, ha explicado que después de que se le vinculara con ese supuesto fraude fiscal se puso en manos de Neira, al considerar que no hubo fraude y que no utilizó a sociedades interpuestas ni recurrió a facturas falsas, como sostiene la Fiscalía. Esas alegaciones, ha afirmado, se enviaron al Ministerio Público, pidiéndole a su entonces abogado que buscase "la mejor solución" para mantener su anonimato.

El 11 de marzo del pasado año, según ha referido, se enteró por un periodista de que la Agencia Tributaria había abierto un expediente contra él, publicándose la noticia al día siguiente. El empresario ha apuntado que hasta en dos ocasiones desde la Agencia Tributaria se le había trasladado que no había cometido ningún fraude.

Una citación obligada

Hurtado se negó el pasado enero a citar a declarar a González Amador, como habían pedido García Ortiz y la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez. El instructor esgrimió que tomar declaración a la pareja de Ayuso antes de interrogar a los dos imputados demoraría esas comparecencias ya acordadas para final de mes.

Pero el pasado día 11 la Sala de Apelación corrigió esa negativa al estimar el recurso de la Abogacía del Estado, obligando al magistrado a acordar su comparecencia en calidad de querellante. "Siendo la propia defensa quien solicita la declaración del querellante -argumentó la Sala-, no vemos motivo para su denegación, pues será el afectado por la presunta divulgación quien ofrecerá los contornos de su actuación" en relación a la divulgación de sus datos reservados.

Un mes más tarde, Hurtado aprovechó la resolución en la que refrendó la citación como investigados de García Ortiz y Pilar Rodríguez para marcar una línea clara entre la difusión del correo en el que González Amador reconoció, a través de su letrado, los dos delitos fiscales que se le imputan -cuya filtración atribuye al fiscal general- y la divulgación por parte del jefe de gabinete de la presidenta madrileña, Miguel Ángel Rodríguez (con el consentimiento del novio de Ayuso), de un correo posterior en el que el fiscal del caso, Julián Salto, se mostraba conforme a llegar a un acuerdo de conformidad (lo que propició que se publicara que el ofrecimiento había partido de la Fiscalía, y no a la inversa).

"Filtración subrepticia"

El instructor desligó la "filtración subrepticia" de ese correo del 2 de febrero de 2024 (en el que González Amador admitió el fraude tributario para llegar a un pacto y conseguir una rebaja en la petición de penas por parte del Ministerio Público) de lo que calificó como "divulgación autorizada" de ese correo posterior que remitió el fiscal del caso remitió el 12 de marzo al entonces abogado de González Amador, Carlos Neira (cuya comparecencia como testigo reclama ahora la Abogacía del Estado), recogiendo el guante y abriendo la puerta a esa conformidad.

"Una cosa era la divulgación consentida del correo de 12 de marzo de 2024, que no supone quiebra alguna sobre la confidencialidad que caracteriza el delito de revelación se decretos del artículo 417 del Código Penal, y otra completamente distinta la filtración del contenido de los datos personales de un ciudadano, que no lo autoriza", expuso el magistrado dejando claro que la divulgación previa de esa comunicación con la autorización de González Amador no despoja a la filtración posterior de carácter delictivo.

"Es sobre estos hechos, que son los que revela el correo de 2 de febrero de 2024, y no sobre otros, sobre los que gira el objeto de la presente causa", subrayó Hurtado, quien puso de relieve que el "hecho nuclear" del delito de revelación de secretos "consiste en revelar un secreto o información confidencial, al que ha tenido acceso el sujeto activo y no ha de ser divulgada, confidencialidad que no se pierde porque haya existido información previa sobre aspectos ajenos al núcleo de lo confidencial".

"Material sensible"

Ante las reiteradas objeciones del fiscal general, le recordó que las negociaciones entre un fiscal y un abogado "es material sensible y, en atención a su contenido, ha de pasar por criterios de confidencialidad, que, si se quiebran, pueden entrañar una importante merma para el derecho de defensa, con el perjuicio que ello conlleva", en la línea de las quejas expresadas desde que se conocieron los hechos por Eugenio Ribón, decano del Colegio de la Abogacía de Madrid, que ejerce la acusación popular en el procedimiento.

Ese deber de reserva, precisó, implica también "el de confidencialidad, del que es especialmente garante la Fiscalía según constata su Estatuto Orgánico", deberes que no habrían sido observados por los dos imputados, según el juez, "en la medida que, indiciariamente, han podido filtrar el correo de 2 de febrero de 2024, al margen de la difusión que diera su titular al de 12 de marzo de 2024, que, además, no contenía los datos sensibles que aquél".