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Investigación

Por qué Dominicana se ha convertido en el destino ideal para desviar y blanquear dinero desde España

Expertos analizan para LA RAZÓN qué hay detrás de que el país aparezca como refugio del dinero del «caso Koldo»: «No comparte información fiscal y es opaco»

La UCO estrecha el cerco sobre el "lavadero" de la trama Koldo en República Dominicana Propia

El nombre de un país caribeño recorre los sumarios de las causas por blanqueo de capitales y desvío de fondos de procedencia discutible fuera de nuestro país.

Hablamos de República Dominicana, que en los últimos años se ha impuesto frente a otros míticos destinos para el lavado o aseguramiento de capital, más allá de las fronteras españolas y europeas. Panamá, Islas Vírgenes, Barbados o el archipiélago de las Caimán ya son «destinos quemados».

Los ejemplos de más actualidad lo tenemos en el «caso Koldo». Entre las indagaciones policiales de la Unidad Central Operativa (UCO) figuran viajes de Joseba García, hermano del asesor favorito de José Luis Ábalos, a esta nación de Latinoamérica, presuntamente para llevar billetes en efectivo que salieron de las millonarias comisiones ilegales obtenidas de los contratos públicos para el suministro de mascarillas.

Lo mismo ocurre con la supuesta macroestafa por la que investiga la Audiencia Nacional al ‘chiringuito financiero’ Madeira Invest Club (MIC). Entre las decenas de cuentas bancarias y sociedades vinculadas al entramado del empresario Álvaro Romillo figuran varias en territorio dominicano.

¿Y cuál es la razón de que República Dominicana se haya convertido de un tiempo a esta parte en el destino «favorito» para los que buscan una salida a grandes montantes o introducirlos dentro del cauce legal?

Varios expertos juristas consultados lo explican en LA RAZÓN. El fiscal de delitos económicos en excedencia Juan Antonio Frago, que ahora ejerce de abogado como socio de Frago&Suárez, apunta a este diario que una de las claves está en que «es un país bastante opaco» a la hora de compartir información con otros países sobre activos financieros.

El abogado de la acusación popular que ejerce la APIF Juan Antonio Frago llega al Tribunal Supremo.Parra/Ep

La otra la encontramos –apunta Frago– en que el tratado de extradición firmado con España en 1984 y aún hoy vigente genera «muchas dificultades» para que las autoridades españolas puedan recuperar el dinero que rastrean.

Por su parte, el letrado Eduardo Ruiz Olmo, asociado del departamento de procesal del despacho Fuster-Fabra, señala a este periódico, en primer lugar, la circunstancia de que República Dominicana «no está catalogado como paraíso fiscal» en el registro que elabora la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Estar o no figurar en este listado es «lo que determina internacionalmente» ser o no un paraíso.

En segundo lugar, es un Estado que no está dentro del sistema mundial Estándar Común de Reporte (ECR), lo que implica que no comparte con terceros países información sobre cuentas bancarias de clientes de entidades dominicanas. Lo que, como decíamos, obstaculiza muy mucho la labor y capacidad de acción de la Justicia española.

Asimismo, tampoco forma parte del sistema internacional CFC Rules, que obliga a grabar tributariamente todo tipo de ingresos de accionistas independientemente de si en la compañía se reparten dividendos o no.

Eduardo Ruiz Olmo, abogado asociado del despacho Fuster-FabraCedidaCedida

Tampoco tiene, por ejemplo, un tratado de cooperación específico con la Oficina Europea de Policía (Europol) dirigido a luchar contra el blanqueo de capitales.

El letrado de Fuster-Fabra apela a que no hay que olvidar que Dominicana ofrece «enormes ventajas fiscales» y «facilidades para obtener la ciudadanía de manera exprés». Ruiz recuerda, en este sentido, que hay procedimientos que permiten conseguirla que tienen un promedio de duración de no más de 45 días.

Esta una vía teóricamente reservada para aquellas personas extranjeras a las que las autoridades dominicanas les reconocen «un estatus de haber llevado a cabo servicios eminentes en favor de los intereses» de su república. Este supuesto implica la activación de una facultad discrecional, ya que se ejecuta únicamente a través de un decreto presidencial.

En otro punto, este letrado advierte de que «es una peculiaridad» de este territorio el permitir obtener directamente la residencia permanente, sin antes haber ostentado la temporal. Únicamente es necesario realizar una inversión de, al menos, 200.000 dólares en alguna empresa del país. Sería homologable a lo que en España se conoce como «golden visa». Este permiso de residencia permanente faculta –detalla Ruiz– para obtener seis meses después la nacionalidad.

Además, este profesional de la abogacía expone como parte de los beneficios buscados que el impuesto de trasmisiones en la primera compra de un inmueble es cero y hay una excepción del 50% para las ganancias de un capital que se generen dentro del país y otra dispensa total cuando son dividendos también generados dentro del territorio dominicano.

Omar Fernández (derecha), hijo de Leonel Fernández, ex presidente de la República Dominicana y actual senador, junto a Juan Gonzalo Ospina (izquierda)LRLR

El abogado Juan Gonzalo Ospina, de Ospina Abogados, pone sobre la mesa otra razón por la que se lleva capital en efectivo a un lugar del mundo como el país caribeño: «Se introduce en una mercantil utilizando facturas y luego se devuelve al país de origen, ya dentro del sistema legal».

De igual forma, lo hace un destino apetecible porque, al tener cargas impositivas bajas, este dinero se introduce en una sociedad «como ganancia» y, a cambio, se paga poco.

Juango Ospina aprovecha y deja unos apuntes sobre lo que, en base a su experiencia, sería útil para luchar contra el blanqueo. Por un lado, profundizar en los «seguimientos del origen del patrimonio».

Y, por otro, estima imprescindible endurecer las legislaciones en torno al dinero en efectivo porque «supone una dificultad para evitar que se introduzca este dinero en el mercado».