Tribunales

El Supremo inadmite la querella contra Sánchez por cohecho y usurpación de funciones en la amnistía

Entiende que es una negociación política entre PSOE y Junts y no se rebasaron límites constitucionales al no incluir un referéndum

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sale a recibir al presidente de la República de Cabo Verde, en el Palacio de la Moncloa, a 5 de abril de 2024, en Madrid (España). Pereira Neves es el actual presidente de Cabo Verde tras ganar las elecciones del 17 de octubre de 2021 por mayoría absoluta con el 51,5 % de los votos. Recientemente ha visitado otros lugares de España como El Bierzo (León) y Burela (Galicia). 05 ABRIL 2024;SANCHEZ;CABO VERDE;REPUBLICA DE CABO VERDE;JOSÉ MARÍA PEREIRA N...
Sánchez en el recibimiento al presidente de la República de Cabo Verde, José María Pereira NevesJesús Hellín Europa Press

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella con la que el sindicato Manos Limpias imputaba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, delitos de usurpación de funciones, cohecho y prevaricación por el acuerdo alcanzado entre el PSOE y Junts el 9 de noviembre en Bruselas para aprobar una ley de amnistía para los dirigentes del 'procés'.

El colectivo de funcionarios públicos acusaba a Sánchez de haber cometido cohecho al ser la amnistía una "dádiva" para lograr a cambio los siete votos que necesitó el líder del PSOE para ser investido presidente. Asimismo, apuntaba la denuncia a que estaría "usurpando" funciones judiciales por ir con la medida contra resoluciones como la sentencia del "procés" o las causas penales que aún pesan sobre Carles Puigdemont.

Según la resolución a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, los magistrados entienden que se trata de un pacto entre partidos políticos y, con ello, considera que los hechos denunciados no constituyen actividad delictiva alguna.

Tampoco la presentación de enmiendas en el Congreso durante la tramitación de la ley de amnistía que buscaban incluir el terrorismo entre los actos que quedarían sin consecuencias penales y que el sindicato de Miguel Bernad denunciaba como una "maniobra fraudulenta que podría suponer una grave violación de los derechos humanos".

Resuelve el tribunal que el contenido del acuerdo para la amnistía no sobrepasó los límites constitucionales y lo apoya fundamentalmente en que no se comprometieron ambas partes a celebrar un referéndum de autodeterminación

Señala también que los diputados pueden en el ejercicio de sus funciones legislativas proponer enmiendas como esta durante la tramitación de un proyecto de ley como el de la amnistía que ahora está a la espera de ser votado en el Senado después de haber recibido el visto bueno de la Cámara baja. En su momento el alto tribunal rechazó suspender como medida cautelar la tramitación de la proposición de ley.

La denuncia también iba dirigida como cooperadores necesarios para el delito contra la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz; el ministro de Justicia y Presidencia, Félix Bolaños; el ministro de Transportes, Óscar Puente; el secretario de organización delos socialistas, Santos Cerdán, y la jefa de delegación del PSOE en el Parlamento Europea, la eurodiputada Irache García. También Carles Puigdemont, como líder de Junts.

Dos entidades, la Asociación Democrática por los Derechos Fundamentales del Ciudadano y la Asociación Nacional de Víctimas de los Profesionales del Estado de Derecho, se sumaron más tarde a la querella de Manos Limpias.