Tribunales
La jueza propone suspender de inmunidad a Baltar para ser juzgado por conducir a 215 kilómetros por hora
Observa “indicios racionales” de que el actual senador del PP cometió un presunto delito contra la seguridad vial
La maquinaria judicial que podría terminar con el senador del PP Manuel Baltar sentado en el banquillo de los acusados por un presunto delito contra la seguridad vial, por conducir a 215 kilómetros por hora en un tramo limitado a 120, ha dado hoy un nuevo paso. Y lo ha hecho después de que la jueza que instruye la causa, Ana Ferrer, haya anunciado su voluntad de pedir el suplicatorio al Senado para poder juzgar a Baltar por vía penal.
Esta petición, que suspendería la actual inmunidad del senador, se produce al considerar la magistrada que, del testimonio remitido desde el Juzgado de lo Penal 1 de Zamora, “resultan indicios racionales de criminalidad” contra Baltar como presunto autor de un delito contra la seguridad vial.
En su exposición razonada, la instructora recoge esos indicios que obran en la causa y que, según ella, “permiten afirmar, con el alcance indiciario que el momento exige, que en la tarde del día 23 de abril de 2023, el hoy senador José Manuel Baltar Blanco conducía el vehículo Volkswagen Passat, con matrícula (…), por la autovía A-52, sentido Benavente”.
“Al alcanzar sobre las 18.43 horas el punto kilométrico 66,900, dentro del término municipal de Asturianos (Zamora), el aparato de medición allí instalado (…) detectó que el mismo circulaba a una velocidad de 215 kilómetros por hora” siendo “la velocidad máxima permitida en ese punto de 120 KM/h”, prosigue la magistrada.
La instructora deja claro que el hecho de que Baltar “hubiera sido sancionado administrativamente por los mismos hechos y como sostiene, abonada la correspondiente sanción pecuniaria, que conllevó además la pérdida de algunos puntos del permiso de conducir, no objeta la presente causa penal”.
En este sentido, el propio senador solicitó en su momento el archivo de la causa por dicha vía penal toda vez que, argumentaba, ya había sancionado por vía administrativa. Así, tras su comparecencia en el Supremo, Baltar no dudó en afirmar que “la causa está resuelta” porque ya había rendido cuentas al haber pagado la multa. Pago al que se sumó la retirada de seis puntos de carné.
La defensa del senador entendía que “no se puede reabrir” un procedimiento que “ya ha sido objeto de sanción”, por lo que consideraba el suplicatorio “improcedente”.
Cabe recordar también que, en el marco de las diligencias de investigación, Ferrer tomó declaración a Baltar, quien compareció voluntariamente ante el Supremo el pasado 19 de diciembre para negar que condujera a esa velocidad. “No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora”, dijo su abogado, Ramón Montero, en declaraciones a la prensa.
Sin embargo, según la magistrada, “aplicado sobre el dato obtenido el margen de error del 5% que establece la normativa sobre control metrológico del Estado, el resultado arrojado es de 204 KM/h”.
Los hechos
Los hechos por los que se investiga al senador popular se remontan al domingo 23 de abril, cuando fue interceptado, según el informe definitivo de la Guardia Civil de Tráfico, a 215 kilómetros por hora en la A-52, a su paso por Asturianos, al volante de un coche de la Diputación de Ourense, que presidía en ese momento.
Antes de que el caso llegara al Supremo, el Ministerio Fiscal presentó un escrito de acusación contra Baltar considerándolo autor de un delito contra la seguridad vial, en la modalidad de conducción de vehículos a motor a velocidad superior a la legalmente permitida del artículo 379.1 del Código Penal.
La Fiscalía pidió una pena de seis meses de multa a razón de cuota diaria de 10 euros, lo que se traduciría en unos 1.800 euros. El Ministerio Público también reclamó un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores para el dirigente del PP.
El juzgado de instrucción acordó la apertura del juicio oral contra Baltar por hechos supuestamente constitutivos de un delito de conducción de velocidad. Pero, una vez acreditada la condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, acordó la inhibición y remisión de las actuaciones al Supremo.
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