Sentencia

La justicia gallega condena a un abogado que cobró miles de euros por un recurso que nunca presentó

El TSXG confirma seis meses de prisión e inhabilitación para ejercer la abogacía, además de la devolución de 5.595 euros a la clienta estafada

La Audiencia de Ourense.
La Audiencia de Ourense.Europa Press

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la condena impuesta a un abogado de Ourense que estafó a su clienta simulando la tramitación de un recurso judicial que nunca llegó a presentar. El tribunal desestima el recurso del condenado y confirma íntegramente la sentencia dictada en abril por la Audiencia Provincial de Ourense, que le impuso seis meses de prisión, la inhabilitación para ejercer como abogado durante ese tiempo y la obligación de devolver 5.595 euros a la afectada.

Según los hechos probados, el letrado fue contratado para representar a su clienta en un procedimiento en materia de incapacidad laboral. Tras una sentencia desfavorable del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, anunció que interpondría un recurso de casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo. Sin embargo, el recurso nunca se presentó, aunque el acusado mantuvo a la clienta bajo la falsa apariencia de que el proceso seguía adelante.

En ese contexto, exigió distintos pagos en concepto de provisiones de fondos y supuestos gastos procesales. En mayo de 2018 cobró 1.500 euros, en julio otros 1.495 y en octubre 1.525 más, todos ellos vinculados a un recurso ficticio. A estas cantidades se sumaron otros 900 euros reclamados en 2017 para un informe pericial que no era posible en la fase procesal en la que se encontraba el caso. También solicitó dinero para el pago de una procuradora, sin llegar a abonarlo, lo que derivó posteriormente en una reclamación directa a la víctima.

El TSXG considera probado que el abogado actuó “con ánimo de obtener un enriquecimiento injusto”, engañando deliberadamente a su clienta y generando un perjuicio económico directo. El tribunal destaca que la maniobra desplegada no fue un simple incumplimiento civil, sino un auténtico engaño penalmente relevante que supuso apropiarse de miles de euros bajo la apariencia de actuaciones jurídicas inexistentes.

La Audiencia Provincial aplicó la atenuante de dilaciones indebidas, lo que rebajó la pena final a seis meses de prisión. No obstante, la condena incluye la devolución íntegra de lo defraudado, con intereses legales, así como la inhabilitación especial para ejercer la abogacía durante el tiempo de la condena.

El fallo deja abierta únicamente la posibilidad de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.