Derechos de autor

El Supremo rechaza el recurso de Sabina: deberá pagar 2,5 millones a Hacienda

La Sala no entra a analizar los argumentos de su defensa porque ya existe jurisprudencia al respecto

Joaquín Sabina posa durante la presentación del documental "Sintiéndolo mucho"
Joaquín Sabina posa durante la presentación del documental "Sintiéndolo mucho"Eduardo ParraEuropa Press

Joaquín Sabina deberá pagar dos millones y medio de euros a Hacienda por haber tributado derechos de autor a través del Impuesto de Sociedades, y no del IRPF, en los años 2008, 2009 y 2010, consiguiendo así un tratamiento fiscal más beneficioso.

Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo al desestimar el recurso del cantante contra la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenó al pago de 2.501.678,75 euros a la Agencia Tributaria por tributar esos beneficios por derechos de autor a través de sociedades y no como incremento de renta personal en el IRPF.

En una providencia, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha acordado no entrar siquiera a valorar los argumentos de la defensa de Sabina al no apreciar un interés casacional en el recurso de casación.

Y es que para los magistrados las objeciones de la defensa del cantante "han de entenderse esencialmente resueltas" en decisiones anteriores del propio tribunal, por lo que no es preciso reiterarlas.

No cabe recurso

La decisión es firme, pues no puede ser recurrida, por lo que a Sabina no le queda más remedio que abonar a Hacienda esos dos millones y medio de euros.

El cantante utilizó varias empresas cuya titularidad ostentaba junto a su familia -Ultramarinos Finos, Relatores y el Pan de mis Niñas- para gestionar sus ingresos por derechos de autor, que automáticamente tributaba a través del Impuesto de Sociedades, una práctica que la Agencia Tributaria consideró irregular,

Los ingresos obtenidos mediante esas tres empresas, señaló la Audiencia Nacional, tenían "una relación directa" con Sabina "por servicios facturados o por cobro de derechos de autor" (cedidos a estas empresas), por lo que para la Sala en esas actividades profesionales "la intervención de Joaquín Sabina constituía el elemento esencial y personalísimo de la prestación del servicio correspondiente (realización de galas, royalties ventas nacionales de discos, colaboraciones en prensa, etc)".

Para Hacienda, tributar los beneficios por derechos de autor a través del IRPF, como debería, "hubiera determinado un tipo de gravamen superior al del Impuesto sobre Sociedades, y un consiguiente aumento de la renta a imputar".